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EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL Nº 895 OCT 2015

Instrucción de combate REVISTA EJÉRCITO • N. 895 OCTUBRE • 2015  89  DOCUMENTO FFE siendo militar profesional, no es hasta la superación de esta fase cuando adquiere finalmente su especialidad fundamental y queda capacitado profesionalmente para el ejercicio de las competencias correspondientes a cada puesto táctico que pudiera ocupar como soldado. La formación se imparte en la modalidad de evaluación continuada. Para su superación se debe alcanzar una nota igual o superior a 5 puntos de 10, en todos y cada uno de los módulos del correspondiente PLEST. Para aquellos que no superen alguna de las asignaturas, se les da la opción a un examen extraordinario. También existe la posibilidad de poder repetir una de las fases por una sola vez, como consecuencia de lesión o enfermedad, habiendo perdido más de un tercio de las horas lectivas asignadas. Igualmente, existe la posibilidad de poder repetir la FFE, por una sola vez en otra EFUN, cuando se cause baja como consecuencia de no haber superado el PLEST perteneciente a la primera. En todo momento, el alumno-soldado, se encuentra cubierto bajo el paraguas de unas medidas de protección social. También, en el caso de que cause baja como consecuencia de una enfermedad o lesión derivada del servicio, y medidas de protección para aquellas alumnas que causen baja como consecuencia de embarazo, parto o posparto. Tras la finalización del periodo de formación, el alumno dispone de un plazo de diez días para incorporarse a su unidad de destino inicial. EL MODELO DE FUTURO La experiencia acumulada en las EO y ES ha recomendado no iniciar la implantación de unos nuevos PLEST hasta que se establezcan unas condiciones de desarrollo similares a las existentes en ellas, por lo que se está a la espera de las modificaciones legislativas necesarias que permitan que el ingreso en la ETR se produzca tras la finalización de la totalidad de los planes de estudios y no solo de una de sus fases como se está produciendo hasta el momento. Las nuevas directrices pendientes de elaborar deberán permitir desarrollar unos planes de estudios individualizados para cada una de las especialidades fundamentales resultantes de la próxima modificación del Real Decreto 711/20104, de forma que mediante un diseño modular facilite ir adquiriendo un reconocimiento progresivo en el sistema educativo general de los estudios realizados y de la experiencia profesional adquirida. Para ello, se ha seleccionado un primer módulo de carácter transversal para ser incluido en la Fase de Formación General y que sea de


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