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290 Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos Núm. 2 / 2013 delitos, continúa vigente la regla de que un Estado está obligado a conceder la extra-dición de un delincuente extranjero sólo si existe tratado internacional con el Estado que requiere la extradición. Cuando no hay tratado, el Estado requerido está facultado para acordar la extradición, pero no está obligado a concederla. 2 EL DEBATE: LA EXTERNALIZACIÓN Y SUS CRÍTICOS En este apartado, se presentan las principales líneas del debate incipiente sobre la externalización. Interesa particularmente plantear las razones que se dan para justificar por qué se produce ahora este cambio de orientación política. Avanzaremos que la externalización es una respuesta a las deficiencias de las políticas tradicionales de gestión de la migración (sección 2.1.). Luego, nos concentraremos en los argumentos de los que critican esta orientación, por estar basada en un enfoque eurocéntrico y securitario (sección 2.2.). Finalmente, plantearemos los factores que explican la externalización y afectan al desarrollo de esta nueva orientación (sección 2.3.). 2.1 La externalización como respuesta política a las deficiencias de las políticas tradicionales Nos interesa aquí conocer las razones y las justificaciones que se dan sobre la necesidad de externalizar las políticas migratorias, que inicialmente han tenido un espacio de aplicación doméstico (interior de las fronteras estatales). ¿A qué pregunta trata de responder la externalización de políticas? La respuesta común es que las políticas domésticas de migración son insuficientes para controlar los flujos migratorios, y que el desarrollo de una dimensión exterior se hizo necesario. C. Boswell39 apunta que los Estados europeos han experimentado un aumento de la inmigración irregular debido a las políticas restrictivas de inmigración en las últimas décadas. Esto, a su vez, ha dado lugar a la necesidad de cooperar con los países emisores y de tránsito en la lucha contra la migración irregular, hasta incorporar la materia de la inmigración como un asunto prioritario de las políticas exteriores de la UE. S. Debenedetti40 advierte sobre la importancia que la coordinación de las legislaciones nacionales de los Estados miembros ha tenido en el desarrollo de una dimensión exterior. Esto se ha manifestado en que la armonización de las políticas migratorias ha aumentado el papel de la UE, provocando que la asociación y la cooperación con terceros países sea un instrumento político para controlar la migración. 39  BOSWELL, Christina, “‘The External Dimension’ of EU immigration and asylum policy”, International Affairs, vol. 79, nº 3, 2001, pp. 619-683. 40  DEBENEDETTI, Sara, op cit, 2009.


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