Page 26

EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL Nº 896 NOV 2015

Nadie discute la necesidad de tomar en consideración a la población civil pero ¿por qué analizar de forma diferenciada a las mujeres?, ¿no basta con analizar a la población civil en su conjunto?, ¿no sufren las mujeres los efectos de los conflictos igual que los hombres? Evidentemente, los civiles presentes en un escenario de conflicto, sean mujeres u hombres, comparten gran parte de los problemas, riesgos y necesidades. Pero las mujeres suman a esos riesgos algunos específicos, no compartidos con la población masculina, de la misma forma que las necesidades y aspiraciones de hombres y mujeres no siempre coinciden. El empleo de formas de violencia sexual como instrumento de guerra es solo una de las manifestaciones de esa realidad. Como lo es el hecho de que, en muchos escenarios de conflicto, los desplazados son mayoritariamente ancianos, mujeres y niños. También son frecuentes los casos en los que los hombres han desaparecido, muertos, huidos o combatiendo, dejando a las mujeres a cargo de comunidades normalmente controladas por ellos. Planear y ejecutar operaciones militares sin tenerlo en cuenta puede tener consecuencias desastrosas para esta parte de la población e, indirectamente, para el éxito de la operación, en la medida que supondría una valoración errónea, por incompleta, de un factor esencial en la toma de decisiones: el entorno humano. Y 26  REVISTA EJÉRCITO • N.896 NOVIEMBRE • 2015 la consecuencia más natural de una valoración errónea de cualquier factor es la toma de decisiones equivocadas. Es esta realidad, muchas veces olvidada, la que aconseja incluir en los cuarteles generales personal adecuadamente formado y sensibilizado, responsable de que la perspectiva de género sea tomada en consideración a lo largo de cualquier proceso de toma de decisiones. LA PERSPECTIVA DE GÉNERO COMO FACTOR DE EFICACIA OPERATIVA ¿Qué tiene que ver la perspectiva de género con la eficacia militar? Si uno compara las misiones encomendadas habitualmente a las unidades militares con las exigencias derivadas de la Resolución 1325, es evidente que no es fácil encajarlas. Los ejércitos están adiestrados y equipados para conseguir determinados objetivos mediante el uso de la fuerza, no para promover la igualdad de género en el mundo. La Resolución 1325 no puede convertirse en el paradigma de la actuación de las fuerzas armadas, que tienen encomendados objetivos que van más allá de esta resolución. Si pensamos en escenarios como el afgano, es bueno tener presente que las fuerzas de ISAF no tienen entre sus cometidos el de asegurar la igualdad entre hombres y mujeres. Pero sí entra dentro de sus cometidos garantizar un entorno seguro y proteger a la población civil, lo que obliga a tener en cuenta la particular situación de la mujer en este país. Estas consideraciones podrían llevarnos a pensar que la aplicación de la perspectiva de género supone un lastre para la operatividad de las organizaciones militares, en la medida en que les obliga a condicionar sus decisiones en virtud de unos criterios ajenos a su propia esencia. Estos recelos han estado siempre presentes en nuestras fuerzas armadas y en las de nuestro entorno, lo que ha llevado a numerosas reticencias y ha entorpecido La violación se ha llegado a utilizar como arma de guerra


EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL Nº 896 NOV 2015
To see the actual publication please follow the link above