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EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL Nº 896 NOV 2015

Seguridad y Defensa REVISTA EJÉRCITO • N. 896 NOVIEMBRE • 2015  9  Victimización de civiles: la justificación En las sociedades al menos medianamente desarrolladas, el ataque a la población civil se considera una decisión poco racional. Se tiene la convicción de que tal proceder, además de inmoral y contrario al derecho internacional, constituye una estrategia contraproducente porque en la mayoría de los casos refuerza la voluntad de resistencia del enemigo. De hecho, las estrategias de castigo, ya sean de naturaleza política (aislamiento), económica (sanción, embargo) o militar (bombardeo), son las que de forma más inmediata afectan a la población y las que menos éxito político cosechan a corto plazo. Sin embargo, a medio y largo plazo las acciones coercitivas sobre la población pueden producir beneficios para el agresor. Históricamente y hasta la actualidad, estrategias de castigo como los sitios, los bloqueos navales y los bombardeos aéreos se han empleado, la mayoría de las veces con éxito, para lograr la rendición de las ciudades y la expansión territorial de los Estados. Más recientemente, el uso del terror se ha convertido en una herramienta de coacción omnipresente en los conflictos asimétricos y en los movimientos insurgentes. En cualquier caso, el mero planteamiento de utilizar la victimización de civiles como línea de actuación política en un conflicto necesita normalmente de la conjunción de tres condiciones básicas. La primera consiste en que el agresor potencial considere que su actuación es moralmente aceptable. Esta condición se manifiesta preferentemente cuando entre las sociedades beligerantes existe una notable brecha cultural, de forma que al menos una de las partes tenga una visión perversa de la otra. La segunda condición reside en que el agresor demuestre poca o nula preocupación por la legalidad internacional, ya sea porque opera de forma ajena a la comunidad internacional, porque no tema las consecuencias de sus acciones o, sencillamente, porque sus convicciones ideológicas son contrarias a cuanto establece el derecho internacional humanitario. La tercera y última condición básica radica en que la victimización de civiles se identifique como una necesidad estratégica o, al menos, una opción beneficiosa. Dicho de Expansión del Islam en la Edad Media


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