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EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL Nº 885 EXTRA DIC 2014

competencias, la atenderá y si no lo está, la elevará al tercer nivel (Subsecretaría) para su Resolución. En el ámbito del Mando de Personal, se crearán grupos de trabajo para el estudio y análisis de las iniciativas presentadas con la finalidad de aportar información para que el órgano competente pueda resolver adecuadamente. Este grupo emitirá su informe que no tendrá carácter vinculante. El plazo para adoptar el acuerdo sobre las iniciativas será de seis meses. Quejas: Sobre estas, se crea un procedimiento de dos instancias: la primera, en la que se tramitarán las quejas siguiendo el conducto regular en la estructura jerárquica de las Fuerzas Armadas; y la segunda, para aquellas quejas que se considere que no han sido lo suficientemente atendidas ante los órganos que se determinan en esta disposición. Esta segunda instancia podrá ser utilizada por el que haya presentado la queja, y tras haberse adoptado el acuerdo considerase que no ha sido suficientemente atendida, o por haber transcurrido un mes sin ser contestada. Podrá presentar la misma queja directamente y por escrito ante el Mando de Personal que corresponda, remitiendo copia al jefe de unidad. El plazo se contará a partir de la fecha de acuse de recibo de la presentación de la queja. Si el Mando o Jefe de Personal que la recibe no es competente, solicitará los informes que considere adecuados para la adopción del acuerdo y remitirá la queja al Jefe de Estado Mayor del Ejército correspondiente o al Subsecretario de Defensa, en su caso, dando cuenta al interesado. Todas estas quejas y reclamaciones deberán estar incluidas en un informe referido al final de año que remitirán los jefes de unidad a Izado de bandera en el día de las Fuerzas Armadas (Plaza de Colón, Madrid) 40  REVISTA EJÉRCITO • N. 885 EXTRAORDINARIO DICIEMBRE • 2014


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