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REVISTA DE AERONAUTICA Y ASTRONAUTICA 844

diagnóstico de patologías y alteraciones que pueden disminuir la eficacia del piloto o tripulante o evolucionar negativamente en el ambiente aeronáutico alterando el estado de salud del interesado • Odontología: durante algún tiempo se prestó este servicio en el CIMA, actualmente esperamos que en breve podamos ofrecerlo nuevamente. Todos somos conscientes de lo molestas e inoportunas que resultan las patologías dentarias, las condiciones de hipobaria del medio aeronáutico pueden exacerbar estos problemas generando cuadros que pueden llevar a la incapacitación de quien la sufre durante el vuelo; la evaluación odontológica permite establecer las medidas preventivas adecuadas. ENTRENAMIENTO AEROMÉDICO Conocido como entrenamiento fisiológico hasta hace muy poco, tiene como objetivo exponer al piloto, tripulante aéreo o paracaidista a las condiciones medioambientales que puede encontrar en el desarrollo de su actividad aeronáutica, pero haciéndolo de una manera controlada y permitiendo la identificación de los efectos provocados por dicha exposición a ese medio especial que es el aeronáutico, reconocer la sintomatología derivada de los mismos y actuar de manera adecuada para prevenir una posible incapacitación que podría tener funestas consecuencias. El entrenamiento aeromédico es precisamente eso: un entrenamiento; no está concebido como pruebas de selección, si bien es cierto que si en el desarrollo del mismo aparecen problemas éstos deben ser investigados para descartar una patología de fondo y buscar la solución adecuada. Este entrenamiento es una pieza fundamental en la seguridad de vuelo, como tal está reconocido internacionalmente y contemplado en la normativa. Tanto es así que en cualquier misión internacional entre la documentación que debe aportarse de los tripulantes que participan se encuentran tener en dossier un tiempo determinado no debe realizar las actividades aeronáuticas inherentes al grupo al que pertenece –NO APTO CIRCUNSTANCIAL HASTA 60 DÍAS: calificación que puede ser otorgada por URMAs diferentes a la del CIMA. Si se considera que el tiempo de evolución ´de la patología que condicion´´o esqa calificación superará ese tiempo deben ser enviados a valoración por el CIMA –NO APTO: pérdida de las condiciones para el desarrollo de determinada actividad aeronáutica –REVISIÓN CIMA: calificación otorgada por las URMAs periféricas con el fin de que el paciente sea evaluado en el CIMA ALEGACIONES Y SOLICITUDES DE REVISIÓN DE LA CALIFICACIÓN Eventualmente puede ocurrir que el interesado discrepe de la calificación médico aeronáutica concedida; la propia O.M. 23/2011 contempla en su artículo 24 esta posibilidad y determina el procedimiento de apelación, siempre por conducto reglamentario y motivada, adjuntando aquellas pruebas o estudios médicos que avalen la discrepancia. En cualquier caso se establece que las Unidades de Reconocimientos Médico Aeronáuticos son las únicas competentes para determinar el tipo de pruebas necesarias para valorar la aptitud médica y para decidir la calificación correspondiente. EPÍLOGO La seguridad de vuelo y en vuelo es cosa de todos y todos somos co-responsables. Cualquier problema de salud intercurrente entre dos reconocimientos médicos debe ponerse en conocimiento del médico de vuelo o del especialista en medicina aeroespacial para su valoración y la pertinente búsqueda de solución. Una formación e información adecuada de los diferentes profesionales del vuelo con una buena comunicación son la base. La información facilitada por el profesional a su médico aeronáutico es imprescindible para un correcto diagnóstico y una evaluación ajustada. La confianza mutua es imprescindible. Nadie tiene interés en retirar aptitudes de vuelo, somos conscientes del valor de cada uno de esos profesionales, cuando esto ocurre por cualquier patología intercurrente, el principal objetivo debe ser recuperarla lo antes posible y cuando esto no sea así buscar un “realojamiento” adecuado a ese profesional cargado de experiencia. Por último no olvidemos que el reconocimiento médico evalúa las condiciones del reconocido en ese momento, por tanto una patología, aunque sea banal y que previsiblemente sanará sin secuelas, presente en el momento del reconocimiento probablemente motive una calificación de no aptitud. En consecuencia acudir a pasar un reconocimiento de estas características con un brazo roto, una pierna escayolada o una conjuntivitis aguda, no parece tener mucho sentido; es preferible esperar a la solución médica del proceso y acudir seguidamente a pasar el reconocimiento médico aeronáutico que podrá valorar si la recuperación ha sido adecuada o si persisten secuelas que puedan interferir con la seguridad del vuelo y con la eficacia y estado de salud del afectado. Exploración Audiométrica. REVISTA DE AERONÁUTICA Y ASTRONÁUTICA / Junio 2015 525


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