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REVISTA DE HISTORIA NAVAL 123

LA GUERRA EN LA MAR EN LAS SIETE PARTIDAS debía trascender de la mera navegación, por lo que era preciso el conveniente aprovisionamiento de hombres y viandas, pero también de armas. Respecto al armamento, la conveniencia en el abastecimiento requería la existencia de lorigas, lorigones, pespuntes, corazas, escudos y yelmos. También era necesario proveerse de los suficientes cuchillos, puñales, serraniles, espadas, fachas, porras y lanzas. Asimismo, eran necesarias trancas con cadenas, para prender los navíos y que no se fueran hacia tierra. y era preciso también disponer de ballestas con estriberas, de dos pies y de torno, y de cuantos dardos y saetas pudiesen llevarse, así como de tarcazos para cegar a los enemigos. Por otro lado, debía llevarse jabón, para hacer caer al adversario, y alquitrán, con el propósito de quemar los navíos enemigos. Con relación a las viandas, se recomienda el avituallamiento de bizcocho. El bizcocho era un pan muy liviano merced a su doble cocción, que lo hacía más duradero. Eran imprescindibles también la carne salada, las legumbres y el queso. Asimismo, se debía contar con una buena provisión de ajos y cebollas, para guardar a los tripulantes «de la corrosión de la mar y de las aguas dañadas» que bebían. Otro elemento imprescindible era el agua, de la que debía llevarse la mayor cantidad posible dada su necesidad para el hombre. y vinagre, no solo para su utilización en los guisos sino, además, para beber con agua cuando la sed era intensa. Respecto a la sidra y el vino, a pesar de reconocer «que es cosa que aman mucho los hombres», se aconseja no consumirlos pues «embargan el seso», cosa que no conviene de ninguna manera a los hombres que han de guerrear sobre la mar. Sin embargo, tras esta advertencia, se dulcifica la prohibición estipulando que quienes no pudieran excusarse de su consumo podían ingerirlos, pero guardando la precaución de beber en dosis pequeñas y echando sobre ellos mucha agua, de forma que no les hiciese daño. Los caudillos tenían el deber de conocer todas estas recomendaciones —en realidad obligaciones— y de disponer para su cumplimiento las medidas oportunas, que se concretaban en tres acciones o precauciones: tener el aprovisionamiento listo con previsión suficiente, guardar las armas y viandas a buen recaudo, y obrar con ellas del modo más conveniente en función de las circunstancias. La trascendencia penal que para el caudillo tiene el incumplimiento de estas recomendaciones avala que las califiquemos de verdaderas obligaciones, pues disponen Las Partidas que, si no hubiera tomado estas precauciones y se perdiesen los navíos por ese motivo, el caudillo sería considerado traidor (del mismo modo que si perdiese un castillo), y la pena por ello era, literalmente, «perder los cuerpos y todo lo que tuvieren». Los pendones (partida II, título xxIII, ley xIV) Las Partidas regulan con relativa extensión las diversas formas de pendón existentes, el modo en que había que portar cada una de ellas y quiénes debían Año 2013 REVISTA DE HISTORIA NAVAL 23


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