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REVISTA GENERAL DE MARINA MARZO 2015

mente consideró como incluidos en la zona marítimo-terrestre. Cesiones de Artaza y Valido Para iniciar la construcción del Muelle Frutero se realizaron una serie de expropiaciones a particulares. En 1934, el ingeniero director de las Obras del TEMAS GENERALES Castillo de Santa Catalina, 1920-1922. Puerto de la Luz, Caballero de Rodas, solicitó a la condesa de Artaza autorización para la ocupación de un solar denominado n.º 5, correspondiente a la finca n.º 6.293; esta ocupación era necesaria, pues habían dado comienzo las obras del puerto. La condesa de Artaza dio su consentimiento previa promesa de que se expropiaría dicho solar en la debida forma, cuestión que no se cumplió. El abogado de la condesa asistió al deslinde del solar y también del contiguo. En ese momento no se llegó a formalizar el acta del deslinde por considerar Caballero de Rodas que dicho terreno no podía considerarse como propiedad privada, ya que estaba dentro de la zona marítimo-terrestre. El representante de la condesa estimó que el criterio del ingeniero del puerto era erróneo, pues el solar estaba inscrito en el Registro de la Propiedad con anterioridad a la Ley de Puertos y su Reglamento. En 1935, la Dirección Facultativa de las Obras de los Puertos de La Luz y de Las Palmas también pidió permiso a los herederos de Federico Valido para el paso por el solar de su propiedad (situado en lo que hoy es parte de la explanada de acceso al Arsenal) y poder así comenzar las obras de construcción del nuevo muelle en la zona del Castillo de Santa Catalina —«...dichos herederos autorizaron lo que se les pidió como es lógico suponer y por obligado deber patriótico» (6 de septiembre de 1935)— (27). Estos terrenos, junto con los de la condesa de Artaza, forman parte del segundo proyecto reformado del muelle por el Castillo de Santa Catalina. En él estaban incluidos los que posteriormente ocuparían el Ministerio de Marina y el del Aire. Los pertenecientes a la Aviación fueron cedidos, finalmente, mediante un acuerdo a la Armada. (27) ANC, 4.ª Sección. Material/Logística, L. 18, C. 8, E. 3.7, 1935. 2015 207


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