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REVISTA GENERAL DE MARINA JUNIO 2016

TEMAS GENERALES sos como los terrestres, no han tenido una protección jurídica sino hasta época reciente. Los escándalos en cuanto a la apropiación de ese patrimonio oculto y de los tesoros que a veces acompañaban a los pecios, hizo que se removiesen las conciencias nacionales, y en especial las internacionales, y que se llegase a convenios multilaterales que resolviesen la controversia en cuanto al respeto del patrimonio histórico cultural y a su pertenencia. Se trataba de determinar a quién pertenecían los restos de un naufragio, si a los antiguos dueños o a los rastreadores de cazatesoros. Y en el mismo sentido, también de fijar si eran bienes de dominio público, pertenecientes a un Estado y sin posibilidad de comercialización, y por tanto conservados y expuestos como patrimonio común. La Comunidad Internacional, representada por la UNESCO, tras varios años de negociaciones presentó en París un Convenio Multilateral sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, en el que se establecía un régimen legal uniforme para todos los Estados miembros que evitase el expolio y la destrucción de los bienes comunes sumergidos. El Convenio de la UNESCO ya fijaba el principio que consideraba el patrimonio arqueológico subacuático, de gran valor histórico cultural, como un bien de interés general de las sociedades de los Estados y de la Humanidad entera, que no podía ser objeto de explotación comercial. La Convención fue aprobada el 2 de noviembre de 2001, después de la ratificación de veinte Estados, entre ellos España, que la incorporó a su ordenamiento jurídico interno el 5 de marzo de 2009. Estados Unidos, Inglaterra, Francia, Alemania e Italia, entre otros, no aprobaron la Convención por razones técnicas y de ambigüedad en cuanto a la inmunidad de los buques de Estado. Sobre sólidas bases jurídicas, el Reino de España defendió sus derechos en el caso de la fragata Nuestra Señora de las Mercedes contra las pretensiones Nuestra Señora de las Mercedes. (Foto: archivo RGM). 2016 809


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