Page 49

REVISTA GENERAL DE MARINA MARZO 2016

TEMAS GENERALES Posición de los pecios españoles más importantes de la zona. (Cátedra Naval). hundidos, sus restos y los de sus equipos y carga, son bienes de dominio público estatal, inalienables, imprescriptibles e inembargables y gozan de inmunidad de jurisdicción.» Y en el 382.2, da competencias para su protección a la Armada: «Las operaciones de explotación, rastreo, localización y extracción de buques de Estado españoles naufragados o hundidos requerirán autorización de la Armada, que ostenta competencias plenas para su protección.» Conclusiones La Convención de la UNESCO de 2001 sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático no trata de cuestiones de propiedad ni las resuelve, pues su única finalidad es facilitar a los Estados la puesta en marcha de mecanismos de cooperación en orden a la protección del Patrimonio Cultural Subacuático ubicado en los distintos espacios marinos, así como poner a su disposición unas reglas técnico arqueológicas que permitan que dicho patrimonio sea tratado de manera científica, con preferencia por la conservación in situ y prohibiendo cualquier actividad comercial con él. 224 Marzo


REVISTA GENERAL DE MARINA MARZO 2016
To see the actual publication please follow the link above