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EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL EXTRA MAYO 2016

−−RD 1120/1977, de 3 de mayo, regulador de la contratación de material militar en el extranjero (BOE núm. 125, de 26-05-77), y reglamentación correlacionada sobre gestión financiera −−Instrucción comunicada 14/2015 de 13 de febrero, del Secretario de Estado de Defensa, en materia de contratación en el Ministerio de Defensa. SITUACIÓN ACTUAL Entre los cometidos que el cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra tiene asignados por la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar y su reglamentación de desarrollo, se encuentran los siguientes: «Planeamiento y administración de los recursos económicos y el asesoramiento en materia económico-financiera, así como el abastecimiento en todos sus campos a excepción de las actividades propias de la especialidad fundamental de Farmacia del Cuerpo Militar de Sanidad». En lo referente a la administración económica, distinguimos la actividad financiera, la presupuestación y la contratación. En concreto, la JAEMALE cuenta en su orgánica con una sección de contratación que es el instrumento de apoyo del órgano de contratación y su misión es preparar las decisiones de la autoridad; para ello, elabora todos los expedientes necesarios para contratar los suministros y servicios referentes a abastecimiento, mantenimiento y transporte necesarios para satisfacer las necesidades del ET en tiempo oportuno y siguiendo siempre los principios de eficacia, eficiencia, transparencia y economía, con un escrupuloso respeto a la legislación y la normativa vigente, coherente con los criterios generales establecidos por el Gobierno para el conjunto de la Administración General del Estado, y teniendo en cuenta las recomendaciones presentadas al Consejo de Ministros por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA); dentro de estas últimas, podemos destacar las siguientes: −−Reducir el número de órganos de contratación. −−Centralizar sus compras todo lo posible. −−Conseguir integrar todos los órganos de contratación en una única cadena orgánica que posibilite la unificación de la dirección, seguimiento y control de la contratación, así como la centralización de la información contractual. 124  REVISTA EJÉRCITO • N. 901 EXTRAORDINARIO MAYO • 2016 Todo ello con la finalidad de gestionar los créditos puestos a disposición del MALE, de los cuales aproximadamente el 82% son de contratación nacional y el otro 18% de internacional, fundamentalmente a través de organizaciones supranacionales como FMS (material americano), OCCAR, NSPA y COOPLOG, en estos últimos casos con la colaboración fundamental de la sección de enlace internacional y derechos arancelarios (SEIDA), integrada recientemente en la JAE. En lo que respecta a la contratación internacional y como novedad, en la última orden ministerial de delegación de facultades, la mencionada Orden DEF/244/2014, se delegan en el jefe de la JAEMALE las competencias para contratar en el extranjero de todo el ET. Esto supone una carga de trabajo adicional que, por una parte, descarga al resto de las unidades de estos trabajos y, por otra, puede conllevar un mejor control de la justificación de la inversión una vez que se ejecutan los contratos. La tarea de esta sección lleva implícita una enorme responsabilidad debido al conjunto de acciones económicas y legales que se llevan a cabo, y ante la complejidad del sistema económico y la competencia empresarial. Abastecimiento de las unidades


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