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REVISTA DE HISTORIA MILITAR EXTRA APORTACIONES

EJÉRCITO Y URBANISMO 71 En la segunda mitad del siglo XIX los cuarteles habían quedado dentro del casco urbano, en unas condiciones que ciertamente eran incómodas tanto para la tropa como para la población civil. Así, cuando se proyectó la expansión de la ciudad y se convocó en 1859 un concurso de propuestas para el Ensanche, del que resultó vencedor el arquitecto Ildefonso Cerdá, se planteó la enajenación de los viejos e incómodos cuarteles para instalar unos nuevos en la zona de expansión, cosa que sin embargo se fue retrasando por la lentitud y trabas propias de la Administración, y el proceso llegó en algunos casos incluso hasta la década de los años treinta del siglo XX. En ese ambiente se constituyó la Junta Mixta de Urbanización y Acuartelamiento de Barcelona mediante un real decreto ley de 15 de marzo de 1927 (Colección Legislativa núm. 131), y la intención con la que se instituía era la de lograr al mismo tiempo la modernización de la ciudad y proporcionar un alojamiento digno a las tropas. Desde el Gobierno de la nación se confirió a la Junta una serie de prerrogativas como nunca antes se había hecho; se tenía la intención de que, si su actuación resultaba positiva, pudiera trasladarse el modelo a otras ciudades para eliminar las trabas burocráticas de carácter centralista que en muchas ocasiones retrasaban, cuando no impedían, el desarrollo de planes urbanísticos. Para ese fin se formaba la Junta Mixta con el capitán general de Cataluña, que sería presidente nato, el alcalde y dos tenientes de alcalde o concejales del Ayuntamiento de Barcelona, designados por el mismo, el presidente de la Diputación, el director general de Aduanas, los presidentes de las Cámaras de Industria, de Comercio y Navegación y de la Propiedad Urbana (o el representante que las juntas de dichas corporaciones designasen libremente), el comisario regio del puerto franco, el ingeniero director de la Junta de Obras del Puerto, el gobernador militar, el comandante general de Ingenieros, el jefe de la Sección de Hacienda del Ayuntamiento y el decano del Colegio de Abogados. La Junta recibía unas enormes prerrogativas, pues se la facultaba para «comprar, vender, permutar y arrendar terrenos, cancelar o constituir censos, celebrar subastas o concursos de proyectos y planos, contratar obras…»27. Para poder afrontar la tarea se constituyó un fondo económico que se iría formando anualmente durante un período de veinte años y al que contribuirían distintas entidades estatales y municipales. Con ello se planteaba la posibilidad de actuación en distintos edificios28. 27  Real Decreto Ley de 15 de marzo de 1927 (C. L. núm. 131). 28  Gobierno Militar, cuartel para un regimiento ligero de Artillería, cuartel de María Cristina, cuartel para un regimiento pesado de Artillería, cuartel del Bruch, terminación del cuartel de Gerona, terminación del cuartel de Montesa, transformación del cuartel de Jaime I y del de Roger de Flor para Infantería, Revista de Historia Militar, II extraordinario de 2013, pp. 51-90. ISSN: 0482-5748


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