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REVISTA DE HISTORIA MILITAR EXTRA COLEGIO ARTILLERIA

LA ENSEÑANZA EN LA ACADEMIA DE ARTILLERÍA:... 451 De igual forma, y al estar al día de todos los procedimientos, materiales y nuevas tendencias, la Academia de Artillería debe poder proponer nuevas líneas de investigación para futuros trabajos, favoreciendo el avance de la Artillería y los estudios conducentes a un mejor empleo de la misma, así como a la definición de nuevas necesidades y requerimientos. Además, este centro único e indivisible del Arma debe constituir la re-ferencia también para sus equivalentes extranjeros, facilitando, de esta for-ma, el intercambio de información y conocimiento entre ellos, compartien-do experiencias, y materializando la relación de todos los componentes del Arma con los centros de interés para la misma. Esta dimensión posibilitaría, asimismo, la adaptación a los nuevos tiempos y la asunción de los cambios necesarios en una organización como la Artillería. 3.-PRESENTE 3.1.-Enseñanza de formación 3.1.1.-Generalidades La enseñanza de formación tiene por objeto la preparación y capacita-ción para el ejercicio profesional2. Con el fin de definir las capacidades de cada uno de los empleos en ese ejercicio profesional, el General de Ejército Jefe de Estado Mayor del Ejército, aprobó el perfil de egreso donde se deta-llan las competencias generales que debe poseer cada militar que finaliza su período de formación. Partiendo de este marco conceptual, se inicia el proceso de programa-ción de cada curso. A tal efecto, y como primer hito de dicho proceso, el Jefe de Estudios emite la “Guía de Programación”, en la que determina: “Criterios generales”: en ellos se incluye la propia “filosofía” del curso en cuestión, así como las directrices que el General Director considere. “Situación”: en este apartado se analizan los condicionantes que la si-tuación en ese momento puede presentar que afecten o puedan afectar al proceso de enseñanza. “Normas para el desarrollo del curso”: incluyen todas las directrices relativas a objetivos generales a alcanzar, metodología y desarrollo de las clases, evaluaciones y calificaciones, programación del curso, textos y guio-nes, y cualquier otra instrucción que el Jefe de Estudios quiera que se lleve a cabo en este proceso de programación. 2  Ley 39/2007, de la carrera militar, art. 44, 45, 46 y 47. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2014, pp. 447-484. ISSN: 0482-5748


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