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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 97

no fuera por estricta antigüedad (con el objetivo de lograr la escala cerrada dentro del arma de Infantería), sino también a excluir de la Junta tanto a los generales como a la tropa, persiguiendo la mejora de las condiciones económicas de las clases medias del Ejército (los oficiales de empleos 25 intermedios)20. La estructuración de un mando nacional juntero en Barcelona (con la creación de la Junta Superior de Infantería) configuraba, en realidad, un mando militar fantasma en la ciudad condal, integrado fundamentalmente por estos oficiales de empleos intermedios. Tras el arresto de los integrantes de la misma, ante su negativa a cumplir la orden de disolución dictada por el nuevo ministro de la Guerra (general Aguilera) y los consiguientes disturbios protagonizados por los junteros, que nombraron una nueva Junta, se procedió al reconocimiento de las juntas por el Gobierno, de facto, el 3 de junio de 191721. El 8 del mismo mes, las Juntas fueron reconocidas jurídicamente dentro de la estructura del Ejército, aprobándose el Reglamento de la Junta de Infantería el 12 de junio de 1917 por el nuevo gobierno de Eduardo Dato22. Alfonso XIII inicialmente reaccionó con aprensión al fenómeno juntero, temeroso de que tras estas reclamaciones profesionales iniciales las juntas atacaran la propia institución monárquica. Sin embargo, y tras plantear el ministro de la Guerra (general Luque) la posibilidad de infiltrar dentro de las mismas a oficiales monárquicos para dirigir sus actividades en provecho de los intereses dinásticos –sustituyendo en su función, de paso, a los tradicionales tribunales de honor–, obtuvieron la aquiescencia del monarca23. Pero no solo la monarquía intentó controlar políticamente a las juntas. Grupos radicales y republicanos pretendieron infiltrarse en las mismas para manipularlas y utilizarlas en interés de sus respectivos proyectos políticos24. Sin embargo, no llegaron a ser controladas por ningún partido, 20  C. P: Boyd: La política pretoriana…, p. 81. 21  La resistencia de los junteros ocasionó el cese del capitán general de Cataluña, general Alfau, al no haber podido cumplir el encargo del ministro de la Guerra de disolver las Juntas. 22  Durante los disturbios de junio de 1917 los junteros realizaron una serie de peticiones al gobierno, entre las cuales la principal era la aprobación de este reglamento. C. P: Boyd: La política pretoriana…, pp. 91y 92. 23  Aunque no llegó a fructificar, pese a que el presidente del gobierno, Romanones, estaba de acuerdo con ella, ya que casi simultáneamente se había constituido una Junta Superior de Infantería en Barcelona, seguida por la de Caballería, ambas de ámbito nacional, que provocaron con su actividad la dimisión del gabinete en mayo de 1917. 24  Se atribuye vinculación de las Juntas de Defensa de suboficiales con el fundador del PSOE, Pablo Iglesias. J. M. Manrique García y L Molina Franco: Las armas de la Guerra Civil española (1ª edición), La Esfera de los libros, Madrid, 2006, p. 24.


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