Page 95

REVISTA GENERAL DE MARINA JUNIO 2015

TEMAS PROFESIONALES esencial que esos conocimientos se apoyen en una sólida formación moral, cuya cimentación es un proceso que requiere años de dedicación y ejemplaridad de los profesores: «esos valores no se pueden medir en créditos ECTS ni en semanas de instrucción y adiestramiento, y no se pueden apreciar más que a través del contacto directo, personal y frecuente del profesor con el cadete» (5). En el caso de la Armada, a esta necesidad se une la no menos importante de conseguir la adaptación del alumno al medio marino, lo que añade un notable grado de dificultad y exigencia al proceso formativo, y que también debe fraguarse lentamente a lo largo de la carrera. Aunque el modelo italiano se adapta perfectamente a estas necesidades, el hecho de que proporcione una titulación ad hoc en lugar de una titulación del sistema educativo general hace que no ofrezca el interés suficiente para el fin buscado. Por su parte, el modelo británico y el alemán dejan dos años escasos para empapar al alumno de esa formación moral y para su identificación con el medio naval. Sin duda, bajo este punto de vista, tal vez de los más importantes, no cabía otra alternativa que optar por el modelo norteamericano, con las modificaciones necesarias para su funcionamiento en el marco conformado por la idiosincrasia y la normativa españolas. Así se garantiza una permanencia de los alumnos en la Escuela de cinco años. El principal reto de este sistema es obtener en forma de excelencia formativa el retorno de la considerable inversión económica que demanda su puesta en funcionamiento, comparada con los primeros. Si en España la titulación de oficial no es válida para acceder a responsabilidades de docencia universitaria, se comprende que tampoco lo sea el cargo de comandante-director de la Escuela Naval para la expedición de títulos. Por ello, para que la titulación de grado que reciban los futuros oficiales tenga validez en todo el territorio nacional (y europeo), ha sido necesario llevar la universidad a las academias militares mediante el establecimiento de un sistema de Centros Universitarios de la Defensa (CUD). Los Centros Universitarios de la Defensa El CUD de Marín nació del Convenio de Adscripción entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Vigo, firmado en 2009. Tiene una vigencia de quince años. Los centros adscritos como los CUD son la figura establecida en la Ley Orgánica de Universidades para aquellas empresas o instituciones que necesiten proporcionar a sus trabajadores una formación universitaria que se adapte a sus peculiaridades. (5) GAN PAMPOLS, p. 34. 874 Junio


REVISTA GENERAL DE MARINA JUNIO 2015
To see the actual publication please follow the link above