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BOLETIN IEEE 6

260 Los países exteriores, por su parte, intentarían probablemente repercutir esta responsabilidad trasladándola a los Estados situados en la otra orilla del Mediterráneo. Escenario 2: «política migratoria europea a la carta» por la cual los distintos países de la UE estarían en condiciones de seleccionar, como si se tratase de las opciones de un menú, su participación o no en una política migratoria común, así como el grado de intensidad con que, en su caso, estarían dispuestos a hacerlo. La UE seguiría conservando una política migratoria común de objetivos mínimos, pero los diferentes países se integrarían en grados distintos (geometría variable) o a distintas velocidades (velocidad variable). Aunque se mantendría nominalmente el tratado de Schengen y las instituciones comunitarias seguirían teniendo cierta responsabilidad en la gestión del fenómeno migratorio, en la práctica los Estados escogerían aquellas partes de las políticas comunes que más les interesasen y solamente asumirían aquellas decisiones adoptadas por el conjunto de los socios que estuvieran de acuerdo con sus propias políticas nacionales y con las expectativas de sus opiniones públicas. Este sería el caso actual durante la «crisis de los refugiados» del 2015, con determinados países centroeuropeos como Alemania, Austria, Francia, Suecia, Dinamarca y Noruega que implementaron controles de fronteras en el espacio Schengen, una política contraria a los acuerdos comunitarios. De generalizarse este tipo de situaciones sería muy difícil la implementación de las decisiones comunes adoptadas en el seno de las instituciones comunitarias, por lo que su efecto sería más retórico que real. En última instancia, las políticas migratorias recaerían en los propios Estados. Este escenario facilitaría, no obstante, la aplicación del mecanismo de la cooperación reforzada contemplado en el artículo 20 del Tratado de la Unión Europea y pensado para superar las situaciones de parálisis. Según este mecanismo, un mínimo de países comunitarios podrían ponerse de acuerdo para establecer una mayor integración de sus políticas en el ámbito migratorio, sin la participación de los demás países. Ahora bien, ello exigiría la modificación de los tratados que no permiten actualmente una ampliación de las competencias más allá de las recogidas en los mismos y, por tanto, la aprobación del resto de socios. bie3 >ĂƐŵŝŐƌĂĐŝŽŶĞƐĞŶĞůĞƐƉĂĐŝŽĞƵƌŽŵĞĚŝƚĞƌƌĄŶĞŽ͗ůŽƐĞƐĐĞŶĂƌŝŽƐƉŽƐŝďůĞƐ /ŐŶĂĐŝŽ&ƵĞŶƚĞŽďŽ ŽĐƵŵĞŶƚŽĚĞŶĄůŝƐŝƐ ϯϮͬϮϬϭϳ ϭϭ


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