Page 60

EJERCITO DE TIERRA JULIO AGOSTO 2016

forma indeleble su grupo sanguíneo, alergias que pueda padecer, la inicial del ejército al que pertenece, el número del documento nacional de identidad y, si así lo desea, la religión que profesa. Dicha placa deberá llevarse permanentemente colgada al cuello, para la inequívoca identificación del titular». Consiste en una placa elíptica con bordes redondeados y una cadena formada inicialmente por esferas y actualmente por eslabones, con su correspondiente cierre para la colocación en el cuello. De esta ha habido dos modelos: la única variación del primer modelo es que no llevaba el agujero inferior para facilitar la recuperación de la parte inferior. Las medidas de la placa son 47 x 29 x 0,6 mm, la longitud de la cadena son 600 mm y el diámetro de las esferas 3 mm, que pasan posteriormente a 2,5 mm y actualmente a eslabones. Los materiales que se van a emplear son el acero 60  REVISTA EJÉRCITO • N. 904 JULIO/AGOSTO • 2016 inoxidable en la placa y en la cadena, y el latón cromado en el cierre, para pasar posteriormente a la aleación CuZn40. Actualmente ambas deben ser antialérgicas. Lleva tres perforaciones longitudinales de 1,2 mm de separación entre bordes a la altura del eje menor para permitir el fraccionamiento de la placa. En el reverso figura la palabra «España». LA PLACA DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL EN MISIONES INTERNACIONALES La presencia de unidades militares españolas desde 1989 en operaciones fuera del territorio nacional exigía establecer normas que asegurasen que los restos mortales de los fallecidos reciban un tratamiento digno y respetuoso. Respecto a la placa de identificación, se hacía necesaria una normativa de uso en misiones internacionales. Así, el Real Decreto 2394/2004 de 30 de diciembre, por el que cual se aprueba el protocolo para la recuperación, identificación, traslado e inhumación de los restos mortales de los miembros de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía, fallecidos en operaciones fuera del territorio nacional en su Anexo, apartado 5.º, Identificación, aparte de otros datos para la identificación, dice: «Para los miembros de las Fuerzas Armadas, el uso de la placa de identificación personal será obligatorio cuando participen fuera del territorio nacional». La actualización a la Directiva 17/11 del Estado Mayor de la Defensa sobre el personal Otro modelo divisionario Diversos tipos de chapas de la División Azul


EJERCITO DE TIERRA JULIO AGOSTO 2016
To see the actual publication please follow the link above