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EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL 909

en 1523 en el Consejo de Hacienda. La cuarta cámara era el Consejo de la Santa Hermandad. La última cámara la formaban nobles y letrados de Aragón, Cataluña, Mallorca, Valencia y Sicilia que auxiliaban al rey en el gobierno de estos reinos. Con la finalidad de que las leyes llegaran hasta los últimos rincones del reino y de garantizar su cumplimiento se creó la institución de «los corregidores» que representó otro elemento fundamental en el control de la administración. Se trataba de funcionarios reales que administraban las ciudades, representando los intereses del estado, junto con «los regidores» que eran elegidos por los vecinos. En el campo de la justicia era tarea imprescindible el integrar todas las jurisdicciones existentes en un sistema judicial único. Este adelanto se logró estableciendo una Secretaría de Justicia en 1496 y un tribunal permanente, la Audiencia, integrado por diez jueces, que se creó a final de siglo con sede en Segovia y Valladolid. Otra tarea fundamental y absolutamente necesaria en este campo era la recopilación sistemática de la normativa legal, en especial 116  REVISTA EJÉRCITO • N. 909 DICIEMBRE • 2016 la relativa al derecho civil y al derecho penal. Para ello los reyes encargaron al jurista Alfonso Díaz de Montalvo la tarea de recopilar y publicar todos los códigos legales medievales. Publicándose las Ordenanzas Reales de Castilla en 1485. En 1503 se publicó una recopilación de Pragmáticas. Este arduo trabajo culminó con la publicación de las conocidas como 83 Leyes de Toro tras la reunión de Cortes que tuvo lugar en esa ciudad en 1505. Por último en el campo de la seguridad se estableció la Santa Hermandad allí donde no existía previamente, y se sistematizaron sus procedimientos de actuación mediante las Ordenanzas de Madrigal de abril de 1476, consiguiendo así extender y unificar las actividades de salvaguarda del orden y la tranquilidad social, permitiendo la reunión de todas la ciudades en una única asamblea consultiva y de coordinación, el Consejo de la Hermandad, y organizando una milicia, embrión de lo que habría de ser un futuro ejército regular que fortalecería el poder real. Además la Santa Hermandad administraba justicia en primera instancia, asegurándose así la eficiencia, la inmediatez y, sobre todo, la necesaria normalización en este campo además de preservar la objetividad de la justicia y sus debidas garantías. Así se logró que la seguridad pasara a ser, por primera vez, una política de estado. Los soldados de esta institución, que no desapareció formalmente hasta 1834 en que fue derogada por una ley de las Cortes nacionales, diez años antes de que se creara la Guardia Civil, se distinguían por su uniforme: un coleto sin mangas que dejaba al descubierto las de la camisa que eran verdes por lo que eran conocidos popularmente como mangas verdes. La propia experiencia de la Corte itinerante de los reyes les llevó a realizar muchas otras reformas encaminadas, entre otros objetivos, a facilitar el transporte de bienes entre diferentes reinos, garantizar las comunicaciones postales, o equiparar las principales monedas de oro que había en España. En definitiva, el logro principal de este proyecto de gobierno fue el retorno al control del Estado de las principales ciudades, la mejora en la gestión administrativa mediante la selección de los administradores en base a su preparación, la garantía de la seguridad y paz interiores y la centralización Escudo de armas de los Reyes Católicos en el que aparecen fundidos los distintos reinos hispanos


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