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56 ALBERTO GUERRERO MARTÍN conocimientos profesionales y asegurando la selección de personal apto, físicamente, para las funciones activas del servicio”16. González apunta que la necesidad de un mayor número de oficiales subalternos causaba grandes inconvenientes al ejército, por lo que se optó por acelerar los planes de estudio para obtener más oficiales sin menoscabo importante de la enseñanza. Para ello señala que se adoptó el 26 de agosto de 1921 un ciclo de seis cursos que durarían ocho meses, es decir, con una duración de cuatro años17. Se tenía previsto que comenzaran el 1 de septiembre de 1921 y finalizaran el 10 de agosto de 1925. Este ciclo podría ser alterado cuando las circunstancias lo considerasen oportuno. Cada curso se dividió en dos medios cursos, siendo el primero de tres meses y el segundo de cinco. Además, se suprimieron las vacaciones y las fiestas que no fueran de precepto, con lo que el número de días lectivos resultaba poco menor que el de un curso normal. Se contemplaba asimismo la posibilidad de suprimir el repaso del quince por ciento de las materias menos importantes con el fin de acomodar los programas a la duración de los cursos18. Como consideraba González, las reducciones hechas en el plan de estudios no fueron de importancia y este ciclo de cursos abreviados se limitó a tres19. El 19 de febrero de 1923 el ministro de la Guerra, Alcalá Zamora, indicaba que al haberse terminado las causas que habían motivado la adopción de estos cursos se restablecían los cursos normales a partir de septiembre de ese año20. Respecto a la enseñanza militar en común, tenía sus detractores entre los miembros del Cuerpo de Artillería e Ingenieros, que hasta antes de la reapertura de la AGM en 1927 cursaban cinco años de estudios frente a los tres en Infantería, Caballería e Intendencia. En ese sentido, y como señala Alpert, consideraban devaluada su formación si la compartían durante algunos cursos con los alumnos de la armas generales. Considera este autor que 16  Real decreto de 30 de enero de 1918, exposición de motivos: GM nº 31. En esta exposición se hablaba de perfeccionar ciertos detalles como la necesidad de fijar definitivamente las materias que habían de ser objeto de examen único, dual o aquellas que por sus especiales características no precisaban de examen. Asimismo, se debatía la posibilidad de simplificar las calificaciones de los alumnos, sin que por ello se dejase de lado para una valoración total, “además de la importancia de las materias cursadas, la aplicación en su estudio demostrada, el aprovechamiento obtenido y la conducta anual observada”. Al principio de cada curso a los alumnos se les asignó una nota de conducta en una escala de diez. Se disponía además que cada materia tuviese derecho a un segundo examen si se suspendía el primero, aunque la calificación de esta segunda prueba solo se calificaría con un aprobado o desaprobado. 17  GONZÁLEZ, Hilario: op. cit., pág. 209. 18  Real orden de 26 de agosto de 1921, 1º, 3º y 8º: Diario Oficial del Ministerio de la Guerra (DOMG) nº 189. 19  GONZÁLEZ, Hilario: op. cit., pág. 210. 20  Real orden de 19 de febrero de 1923: DOMG nº 39. Revista de Historia Militar, 121 (2017), pp. 56-90. ISSN: 0482-5748


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