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REVISTA GENERAL DE MARINA OCT 2017

Reganosa, Mugardos. (Fuente: http://lng-hub.eu). Entrada en vigor del nuevo Código IGF TEMAS GENERALES Como es ya sabido, en el seno de la OMI se firmó el Convenio SOLAS en 1974 (sobre la Seguridad de la Vida Humana en el Mar), que prohíbe consumir combustibles a bordo de los buques que posean un punto de inflamación inferior a 60º C. A su vez el Código IGC (específico para metaneros) permite utilizar el boiling-off (vapor de gas natural que se produce en las instalaciones de GNL de las plantas de regasificación), pero solamente metano y exclusivamente en buques gaseros. Posteriormente se desarrolló el Código de Seguridad Marítima, el MSC, que permitía consumir metano a buques que no fueran gaseros. Y en la actualidad se ha desarrollado uno nuevo, llamado IGF (código internacional de seguridad para buques que utilicen gas u otros combustibles de bajo punto de inflamación), que va a permitirles utilizar gas que no sea metano, es decir, van a poder consumir propano, butano, nitrógeno, etcétera. Este código, sin apenas hacer ruido, entró en vigor el 1 de enero de 2017 y es obligatorio para todos los buques de más de 500 GT construidos o transformados a partir de esa fecha y que utilicen el GNL como combustible del motor (esto evitará que se les exijan certificados adicionales, como ocurría hasta ahora). El objetivo de este nuevo Código IGF es asentar una norma internacional obligatoria, aplicable a aquellos buques que consuman combustibles de bajo punto de inflamación (flash point < 60º C, límite de SOLAS), a excepción de los regidos por el ya citado Código IGC (aplicable a los buques que transporten gases licuados a granel). Por ello se aplicará a todos los que se transformen para usar GNL como combustible, independientemente de su fecha de construcción desde la entrada en vigor. De momento el Código solo será apli- 2017 473


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