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RGM NOVIEMBRE 2017 Y SUP300INTEND

prólogo En este año 2017, como director de Asuntos Económicos de la Armada y oficial de Intendencia más caracterizado, tengo el honor de prologar este Suplemento de la rEVISTA gENErAl DE MArINA, con motivo del Tercer Centenario de la creación del Cuerpo del Ministerio de Marina, a cargo del Intendente general de Marina don José patiño y rosales, bajo el reinado del rey Felipe V. lo hizo aplicando un concepto «comisarial» para crear la Marina permanente y conseguir el resurgir de España como nación de primera línea en la mar y por ende en el mundo, que con variaciones en las formas, medios y organizaciones para adaptarse a los tiempos, con luces y sombras, consideramos el antecedente histórico del Cuerpo de Intendencia de la Armada. Sus responsabilidades están reguladas al día de la fecha por la ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar (art. 32) que dispone que los miembros del Cuerpo de Intendencia de la Armada, agrupados en una escala de oficiales, tienen como cometidos el planeamiento y administración de los recursos económicos y el asesoramiento en materia económico-financiera, así como los cometidos de carácter logístico que reglamentariamente se determinen. El r. D. 711/2010, que aprueba el reglamento de Especialidades Fundamentales de las Fuerzas Armadas, establece esos cometidos de carácter logístico como los correspondientes al abastecimiento en todas sus fases, a excepción de los propios de Farmacia del Cuerpo Militar de Sanidad. Se añade, de forma específica para la Armada, que «tales cometidos se extenderán a la provisión de aquellos medios materiales que satisfagan las necesidades de los sistemas de la Armada y de los que afecten a la vida y funcionamiento de sus unidades, la dirección, gestión y control de la catalogación, de los inventarios y de su correspondiente documentación técnica, la dirección, gestión y control de los servicios de carácter general asociados a la vida y funcionamiento de la Armada, del transporte de personal y material, y la enajenación del material declarado inútil». No se quiere con este Suplemento, ni se puede por motivos de extensión, escribir la historia de la gestión económica, financiera y de material de la Armada, pero se pretende: — Fijar la antigüedad del Cuerpo del Ministerio de Marina en el 1 de marzo de 1717, sintiéndonos orgullosos herederos de honrosas tradiciones. Siendo, además de un motivo de estímulo para continuar su obra, un deber de gratitud el rendir un sentido homenaje a nuestros predecesores, conservando los valores, usos y costumbres nacidos con el citado Cuerpo. — Dejar constancia de que la creación del Cuerpo del Ministerio, en particular, obedece a la necesidad de acometer determinadas funciones en la Armada, con objeto de controlar los activos, tesorería, acopios, gestión de impuestos y control del gasto de manera profesionalizada y optimizar la gestión de recursos. 2017 3


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