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EJERCITO 924

Ley de Reclutamiento y Reemplazo de 1912 Recursos Humanos  /  39 ha conllevado y conlleva un notable cambio normativo, cultural, logístico, de infraestructuras y de usos y costumbres en el ámbito castrense. MUJER Y FUERZAS ARMADAS. PRIMEROS CAMBIOS NORMATIVOS Y SOCIALES En España, las leyes que regularon el reclutamiento y reemplazo del Ejército, como las de 1885, 1912 o 1940, ignoraban la participación de la mujer en las Fuerzas Armadas. En el proceso de transición hacia la democracia, y tras el nombramiento del teniente general Gutiérrez Mellado, el 23 de septiembre de 1976, como vicepresidente primero para asuntos de Defensa, se activó el proceso de reforma militar, aunque en un primer momento se pospuso la incorporación de la mujer al Ejército. Habría que esperar hasta finales de 1979 para que se iniciaran los primeros estudios sobre la posibilidad de integrar a la mujer en las Fuerzas Armadas. En 1987, bajo la presidencia del Gobierno de don Felipe González Márquez, se aprueba el Plan de Acción para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres, proyectado para el período 1988-1990. Uno de los objetivos recogidos en este plan era el compromiso de modificar la normativa para hacer factible la incorporación de las mujeres a la función pública en el ámbito militar. En cumplimiento del Plan de Acción, se promulgó el 22 de febrero de 1988 el Real Decreto-Ley 1/1988, por el que se regulaba la incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas, de manera que, por un lado, se diera cumplimiento a lo establecido en la Constitución y, por otro, se diera respuesta a la creciente demanda social. El texto legal en su artículo 1.3 expresa: «La mujer podrá alcanzar todos los empleos militares…». En este real decreto se regula el acceso inmediato de la mujer a los entonces 24 cuerpos y escalas y una incorporación en las Armas combatientes que, según define el propio texto legal en su exposición de motivos, se llevaría a cabo de manera progresiva «una vez realizadas las necesarias adaptaciones organizativas y de infraestructura en las Fuerzas Armadas». En cuanto a los movimientos que se produjeron en la sociedad en los primeros años de la década de los 80 del pasado siglo, cabe resaltar, como uno de los que más repercusión mediática tuvo, el de Ana Bibiana Moreno Avena: una joven de 17 años que había presentado en 1987 su solicitud de acceso a las pruebas selectivas para el ingreso en la Academia General del Aire y que fue rechazada por su condición femenina. Ana Bibiana presentó un recurso que fue estimado parcialmente, considerando que la denegación del acceso a las mencionadas pruebas selectivas vulneraba el artículo 14 de la Constitución e, indirectamente, el 23.2, que regula el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos. Su recurso llegó hasta el Tribunal Constitucional, que dictó la sentencia número 216/1991, que anulaba la resolución que rechazaba su solicitud de ingreso, ya que entendía que su exclusión resultaba discriminatoria e inconciliable con el derecho fundamental a la igualdad. Esta sen-


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