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REVISTA EJERCITO ESPAÑOL 925

CONCLUSIONES La aeronavegabilidad, factor contribuyente a la seguridad aérea, se erige en el fin último de las organizaciones del Ejército relacionadas con la ingeniería, el mantenimiento y la gestión logística del material aeronáutico. A través del desarrollo de sistemas de gestión de calidad bien planteados, en línea y como parte integrante del conjunto de requisitos de aeronavegabilidad impuestos por el Reglamento de Aeronavegabilidad y las publicaciones PERAM, se logrará establecer un sistema eficiente que permitirá satisfacer dichos requisitos para las modernas flotas de las que se está dotando el Ejército en la actualidad, lo que permitirá una correcta mitigación de los riesgos asociados a las actividades de ingeniería y de mantenimiento aeronáutico. No obstante, y en línea con la tendencia evolutiva de los requisitos de aeronavegabilidad, los cuales terminarán siendo incluidos en la normativa española (RAD y PERAM), es preciso seguir trabajando para conseguir hacer de la seguridad un concepto integrado en los sistemas de gestión de la organización. La capacidad de gestión proactiva del riesgo, considerando tanto las causas comunes (generales) como específicas (propias), se erige en la herramienta que permitirá obtener los más altos niveles de seguridad. Por tanto, lograr la excelencia en la seguridad (aeronavegabilidad) pasa por incorporar, de manera progresiva, los sistemas de gestión de la calidad (SGC) y de la seguridad (SMS) en el conjunto de requisitos aplicables a las organizaciones relacionadas con el mantenimiento de la aeronavegabilidad, lo que impone una firme voluntad del Mando y la acción coordinada de las unidades afectadas, con un gran aliciente: la seguridad no es cara. Sencillamente, no tiene precio. NOTAS 1.  En el ámbito de las aeronaves militares, la Autoridad de Aeronavegabilidad de la Defensa la ostenta el director general de Armamento y Material a través del Consejo de Aeronavegabilidad. 2.  La seguridad aérea incluye tanto la seguridad operacional (safety, en lengua inglesa) como la seguridad física (security), pudiendo incluirse esta última en el ámbito de la «seguridad de vuelo» definido a continuación. 3.  La seguridad de vuelo se define 110  /  Revista Ejército nº 925 • mayo 2018 en la IG 01/11 de febrero de 2011, del jefe del Estado Mayor del Ejército, como «el conjunto de principios, procedimientos y actividades que tienen por objeto facilitar el cumplimiento de la misión en las mejores condiciones de seguridad posibles, contribuyendo directamente a mantener el nivel de operatividad de las unidades aéreas, salvaguardando las vidas humanas y el material mediante un adecuado programa de prevención de accidentes aéreos». 4.  El Parque y Centro de Mantenimiento de Helicópteros es la única organización aeronáutica del Ejército de Tierra que posee un sistema de gestión de calidad. Este se encuentra certificado en función de la PECAL 2120, aunque con un alcance muy limitado respecto a la actividad productiva de la unidad. 5.  Publicaciones Españolas de Requisitos de Aeronavegabilidad Militares. 6.  Sistemas Aéreos Pilotados por Control Remoto. 7.  Implantación de las PERAM en el Ejército de Tierra. BIBLIOGRAFÍA -- Real Decreto 866/2015, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Aeronavegabilidad de la Defensa. -- PECAL 2120, Edición 3, «Requisitos OTAN de Aseguramiento de la Calidad para la producción». -- PERAM 66, Edición 1.3, «Licencias de mantenimiento de aeronaves militares». -- PERAM 145, Edición 1.1, «Requisitos para organizaciones de mantenimiento». -- PERAM 147, Edición 1.1, «Requisitos para organizaciones de formación de mantenimiento». -- PERAM M, Edición 1.0, «Requisitos para el mantenimiento de la aeronavegabilidad militar». -- PERAM 21, Edición 1.1, «Certificación de aeronaves militares y productos, componentes y equipos relacionados y de organizaciones de diseño y producción». -- Notice of Proposed Amendment (NPA) 2013-01, de 21 de enero de 2013. European Aviation Safety Agency. -- Annex 19, 1st edition. Publicado el 14 de noviembre de 2016. International Civil Aviation Orgnisation (ICAO). -- Doc. 9859 (AN/474) «Safety Management Manual», 3rd edition 2013. ICAO.■


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