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LOS BARCOS DEL DESASTRE. LA REPATRIACIÓN DE FILIPINAS (1898-1900) y compuesta por más de 500 veteranos, fue preciso el empleo de las fuerzas de orden público para dispersarla. Era el primer aviso de que las cosas estaban cambiando. Y, aunque se saldó con unos cuantos cabecillas detenidos, el Gobierno tomó buena nota de lo sucedido. Un real decreto, ratificado al día siguiente por S.M. la reina María Cristina, establecía el abono íntegro e inmediato de los alcances adeudados a todos los licenciados de las campañas coloniales que los tuviesen liquidados, determinando para el resto el pago de cinco pesetas por mes de campaña como saldo definitivo de sus liquidaciones (83). Aceptar esta cantidad suponía para muchos repatriados contentarse con una suma muy inferior a la que realmente les correspondía por derecho. Rechazarla no haría sino mantener su situación de precariedad, posiblemente por tiempo indefinido. La primera reacción fue, por supuesto, la protesta. Y, de hecho, tenían buenas razones para ello. Eran muy pocos los licenciados que tuviesen al corriente los importes de sus alcances a causa de no haber liquidado aquellos con la Administración militar. Batallones y cuerpos completos carecían de ellos a pesar de haber servido en Cuba más de treinta meses. Por tanto, muy pocos en realidad podían acogerse al primer apartado del real decreto. Para el resto, la entrega de cinco pesetas por mes de servicio era directamente un abuso. Pero la mayoría carecían de medios económicos para desestimar la oferta y no tuvieron más remedio que acogerse al decreto. Tan solo algunos, unos pocos, continuaron reclamando sus haberes. Pero hicieron mucho ruido. Tanto como pudieron. El Gobierno se cuidó bien de no repetir con los repatriados de Filipinas los mismos errores cometidos con los destacamentos procedentes de Cuba y Puerto Rico. Los recién llegados a Barcelona eran informados nada más descender a tierra de que podrían cobrar sus alcances dirigiéndose a la comisión liquidadora de la caja de ultramar correspondiente, donde se encontraban depositados. No obstante, un nuevo motivo de descontento vino a sumarse al provocado por el real decreto. Una real orden circular rubricada por el ministro de la Guerra, general García Polavieja, en el Diario Oficial el 13 de junio de 1899, disponía que todos los abonos por premios de enganche, pluses, pensiones, condecoraciones y méritos extraordinarios se considerasen liquidados igualmente dentro del duro mensual (84). Las tropas de Infantería de Marina quedaban excluidas de recibir sus alcances, por no haberse hecho extensivo a dicho cuerpo el real decreto relativo al pago de repatriados de 17 de marzo (85). Era la gota que colmaba el vaso. A pesar de que la reina regente firmó de inmediato un decreto extendiendo el pago de los alcances a los infantes de (83)  SOLDEVILLA, p. 103. (84)  El Siglo Futuro, 14 de junio de 1899, p. 4. (85)  El Día, 15 de junio de 1899, p. 1. Año 2018 REVISTA DE HISTORIA NAVAL 117


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