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El principio de precaución como principio general del derecho una técnica nueva es el resultado de conocimientos nuevos, pero a su vez esta técnica puede dar origen a realidades nuevas de las que se desconoce todo o casi todo. En la citada COM (2000) se señala que la evaluación del riesgo permi-te la identificación y valoración de los peligros para la salud de los consu-midores mediante la estimación de un cálculo de probabilidad de aparición en una situación específica, lo que constituye la base del asesoramiento científico103. A este respecto, una de las maneras de estudiar los posibles riesgos de las nuevas situaciones ha sido la que ha aportado la cindínica (aspecto matemático puramente objetivo) al que se le suma un aspecto sub-jetivo, como es la actuación libre de una persona de provocar, por ejemplo, un accidente de coche104. Según las definiciones clásicas de la cindínica, el peligro es la tendencia de un sistema a dar lugar a uno o varios accidentes, y posee dos propiedades, su probabilidad y su gravedad. La probabilidad mide las oportunidades que hay de que se materialice, la gravedad mide el impacto de esta materialización por el daño máximo correspondiente. Y el riesgo es la medida del peligro, que, combinando los dos elementos citados del peligro, ofrece como resultado una medida de este. El riesgo, por tanto, puede ser calculado matemáticamente105. En este sentido, conforme al Informe del Grupo de Expertos sobre el principio precautorio COMEST (2005), se considera riesgo una con-tingencia o posibilidad de pérdida, consecuencias negativas, efectos ad- 103  Según las definiciones propuestas por el Codex Alimentarius, la evaluación de los riesgos es un proceso basado en conocimientos científicos, que consta de las siguientes fases: determinación y caracterización del peligro, evaluación de la exposición y caracte-rización 104  guiddens, A. The Consequences of Modernity. Stanford: Stanford University Press 1990. 105  «Del griego Kyndinos, ‘peligro’. Ciencia(s) que estudia(n) los peligros o los riesgos en las sociedades y su prevención. El término fue definido en los años 1990, luego popula-rizado en 1995 por George-Yves Kervern. La cindínica pretende aproximar los riesgos por medio de manchas globales, sistémicas y rigurosas. Los promotores de la cindínica preten-den construir su campo científico precisando con cuidado los conceptos de base necesarios, por ejemplo, separando netamente el azar* (probabilidad de ocurrencia de fenómenos de in-tensidad dada), los riesgos (probabilidades de ocurrencia de fenómenos de intensidad dada, perjudiciales para una sociedad dada), las posturas materiales o humanas (número y valor de los bienes y personas afectados por un acontecimiento) y las catástrofes (acontecimien-tos que afectan gravemente a las sociedades humanas). La cindínica estudia las ocurrencias, los ritmos, las intensidades, los mecanismos del azar y de los riesgos, la vulnerabilidad de las sociedades en relación con esos riesgos, la percepción de unos y otros, muy variable según los individuos, los grupos sociales y las épocas. Intenta evaluar el costo de los riesgos potenciales y de las catástrofes ocurridas (en particular en la demanda de seguros de las sociedades). Profundiza también la gestión de las catástrofes y la gestión de los riesgos por medio de las medidas de precaución, las zonificaciones, la información y la formación del público». Disponible en http://www.hypergeo.eu/spip.php?article449 115 del riesgo. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 108, julio-diciembre 2017


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