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Cristina Amich Elías sujeto resulta imprescindible para la definición de los elementos del tipo penal, tanto cuando el centinela es sujeto pasivo como cuando es sujeto activo del delito. Así, la Sentencia de la Sala Quinta del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2013 (STS 496/2013) señala: como de sistemas electrónicos de vigilancia y control, lo que evidencia la relevancia de la vulneración de redes de trasmisiones, comunicaciones y sistemas electrónicos para la seguridad nacional12. su penetración especialmente destacable en el ámbito militar, el nuevo Có-digo establecido en el artículo 413, a los operadores de redes informáticas. Ello servicio de transmisiones y su relevancia para la defensa nacional. a la vista el arma de fuego que por su cometido le corresponda. 24 «A propósito de la figura del centinela, hemos declarado con reiterada virtualidad que su concepto legal a efectos penales es el que se contiene en el art. 11 CPM, precepto en que incluye tanto a quien lo es en senti-do estricto, es decir, “el militar que, en acto de servicio de armas y cum-pliendo una consigna, guarda un puesto confiado a su responsabilidad”, como a quienes también reúnen esta consideración por asimilación legal comprensiva de quienes “sean componentes de las patrullas de las guar-dias de seguridad en el ejercicio de su cometido”, por lo que la condición de centinela hemos dicho que es cuestión jurídica, ante todo (Sentencias 16.03.1998, 25.11.2002 y 22.03.2004 ). Y asimismo hemos sostenido con igual reiteración que el bien jurídico que la norma protege radica en la es-pecial relevancia de las funciones que el centinela tiene encomendadas en el desempeño de su misión, de velar por la seguridad de las Fuerzas Arma-das y de sus instalaciones así como por el normal desenvolvimiento de las funciones militares, a lo que se añade la integridad física de las personas que las realizan cuando se trata de la modalidad de maltrato de obra; lo que justifica la especial y reforzada protección penal que se otorga a dicho su-jeto (vid. nuestra reciente Sentencia 29/11/2011 y las que en ella se citan)». En todo caso, vemos que en el concepto legal a efectos penales se in-cluyen tanto los operadores de redes de transmisiones y comunicaciones Recogiendo los avances tecnológicos a los que nos hemos referido y Penal Militar recoge también en el concepto legal de centinela, ahora 12  El Código de Justicia Militar de 1945 ya recogía en su artículo 358 el abandono del 13  Artículo 4: «1. Es centinela, a los efectos de este Código, el militar que, en acto de servicio de ar-mas y cumpliendo una consigna, guarda un puesto confiado a su responsabilidad, portando 2. Tienen además dicha consideración los militares que sean: a) componentes de las guardias de seguridad en el ejercicio de su cometido; Revista Española de Derecho Militar. Núm. 108, julio-diciembre 2017


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