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Como consecuencia, su tamaño ha sido históricamente muy reducido, pese a que casi de forma instintiva se ha detectado su necesidad. Ya en 1939 se estableció el Alto Estado Mayor (Aem), formado con miembros de los tres ejércitos. Sus competencias eran difusas y remitían al mando unificado en caso de guerra. En la práctica su cometido principal fue el desarrollo de la doctrina conjunta 66  /  Revista Ejército n.º 935 • marzo 2019 y la formación de oficiales superiores. Consecuentemente, el aem no ejerció un verdadero mando conjunto de las Fas, ni siquiera en campañas como la de Ifni o el proceso de descolonización del Sáhara. En lo que se refiere a personal, la aportación de los ejércitos fue la esperable en una situación en la que cada uno tenía su propio ministerio. En 1977 se estableció la Junta de jefes de Estado Mayor, que sustituyó al Aem, con el Estado Mayor Conjunto (Emacon) como órgano de trabajo. En 1984 se crearon de forma definitiva el Emad y la figura de jefe del Estado Mayor de la Defensa (Jemad). El nuevo Jemad contaba para cumplir sus cometidos con el pequeño emacon, organizado de forma clásica (división de operaciones, división de inteligencia…), además del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (Ceseden) y algunos órganos de apoyo. Para dar una idea de la importancia que se le daba a lo conjunto, cabe recordar que pese a que el número de personal de las Fas era muy superior al actual, los destinados en esta estructura eran menos que en la actualidad. Algo hemos mejorado desde entonces. Desde 1984, los pasos para reforzar la estructura conjunta han sido lentos pero constantes. El primer impulso serio hacia lo conjunto se dio con Real Decreto 1551/2004, que reorganizaba el Ministerio de Defensa que dio una primera respuesta a la inquietud por lo conjunto y afirmaba en su preámbulo: «…parece oportuno avanzar en la organización de las Fuerzas Armadas, subrayando su entidad única y su concepción como conjunto integrador de las formas de acción de cada uno de sus componentes. Por ello se establece una estructura operativa conjunta inspirada en criterios de coordinación y eficacia…». Esta norma tuvo la virtud de reconocer a las Fas como una entidad única, diferenciada del resto de elementos del Ministerio de Defensa, en la que se establecieron dos estructuras hasta ese momento intrínsecamente unidas: la estructura orgánica, compuesta por los ejércitos, y la estructura operativa, constituida por el Emad. La estructura orgánica quedó formalmente desligada de las operaciones y su cometido pasó a ser la preparación de la fuerza y el aporte de los medios necesarios a la estructura operativa. Esta distribución de papeles quedó consagrada No se identifica al Emad como una parte de las Fas, sino como parte del Órgano Central


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