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CONTRATACIÓN PLURIANUAL VERSUS TRAMITACIÓN ANTICIPADA: VENTAJAS E INCONVENIENTES Jesús A. PERDICES MAÑAS URANTE los años recientes y como consecuencia de la falta de crédito suficiente para dar cobertura a todas las necesidades de un ejercicio, se buscaron soluciones imaginativas con el fin de articular las contrataciones necesarias. Por un lado, la adjudicación de acuerdos marco, de los cuales derivaban los contratos a medida que se disponía de crédito. Por otro, en el caso de no establecerse estos acuerdos, se ajustaban hasta el límite de la disponibilidad, quedando su ejecución circunscrita a la finalización del crédito. En estos casos y para los ejercicios sucesivos, se venía utilizando la figura de la Operatoria Contable conocida como tramitación anticipada, que consiste en avanzar el expediente de contratación hasta el punto del expediente de gasto en que se puede llegar a aprobar el gasto, quedando su formalización condicionada a la existencia de crédito para después de la apertura del presupuesto. La decisión sobre el alcance económico de un expediente de contratación está condicionada por la necesidad y los costes para satisfacerla. En multitud de ocasiones nos encontramos con limitaciones derivadas de la competencia entre necesidades por recurso presupuestario. Además, la crisis ha introducido otro factor distorsionante de la financiación, que es el relativo a las prórrogas presupuestarias y las limitaciones en la adquisición de compromisos de gasto por encima de un nivel hasta la aprobación del presupuesto para el ejercicio corriente. Es un hecho que la inseguridad en el mantenimiento de los créditos, debido a las «no disponibilidades» y a las reducciones de límite de gasto no financiero condicionaban una ejecución decidida para llegar a compromisos en firme en ejercicios posteriores, tanto en lo referente a los gastos del capítulo 2, Gastos Corrientes, como del 6, Inversio- 2019 507


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