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NOTICIARIO Nueva regulación de la pesquería del atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo El BOE núm. 35 del 9 de febrero de 2019 publicó el Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la pesquería del atún rojo en el Atlántico oriental y en el Mediterráneo. Esta norma incorpora al ordenamiento jurídico español las disposiciones del Plan de Gestión de la pesquería, aprobadas en Dubrovnik en 2018 por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT, en sus siglas en inglés), organización pesquera intergubernamental con sede en Madrid, responsable de la conservación de los túnidos y especies afines en el océano Atlántico y mares adyacentes. El nuevo marco regulatorio español, derivado del internacional, mantiene un elevado nivel de exigencia en materia de gestión y control, lo que garantizará la sostenibilidad del recurso después de que ICCAT diese por concluido el plan de recuperación iniciado en 2006, para adoptar un plan de gestión cinco años antes de su objetivo previsto, lo que significa un rotundo éxito en la ordenación de esta pesquería. Se consolida y mejora así el acceso al recurso para las flotas que durante estos años se han visto afectadas o excluidas en la pesquería por las estrictas exigencias sobre límites de capacidad, que restringieron especialmente el número de buques artesanales del Mediterráneo y Canarias con autorización para realizar captura dirigida. En la reunión anual de ICCAT también se refrendó el Total Admisible de Capturas (TAC) fijado para el trienio 2018-2020, correspondiendo 28.200 t para 2018; 32.240 para 2019 y 36.000 para 2020, lo que para España supone llegar a más de 6.000 toneladas. Con el aumento del TAC es posible atender las necesidades de las flotas afectadas por las restricciones, al mismo tiempo que el grueso se asigna a las flotas autorizadas a la captura dirigida desde 2008, año en el que comenzaron las mayores exigencias de limitación de capacidad. En base a los criterios históricos y de empleo y dependencia de la pesquería recogidos en la Ley de Pesca Marítima del Estado, se asignan, en forma de posibilidades de pesca trasmisibles, el 87,15 por 100 de las posibilidades de pesca de España a las almadrabas y los buques de cebo vivo del Cantábrico, palangre de superficie del Mediterráneo, línea de mano del Estrecho y cerco en el Mediterráneo. Otra parte de la cuota se asigna a las flotas artesanales del Mediterráneo, Estrecho y Canarias, además de habilitar un pequeño porcentaje de captura accesoria para el palangre y la costera del bonito. La ICCAT, a la que la Unión Europea pertenece desde 1997 y que es la responsable de establecer las normas para el ejercicio de la pesquería de atún rojo del Atlántico en el ámbito internacional, decidió en 2018, en su XXI reunión anual en Dubrovnik (Croacia), pasar del plan de recuperación del atún rojo al de gestión a partir de 2019, en base a los informes científicos que indicaban signos de recuperación de la especie. Un plan de gestión para el que España defendió la simplificación de las medidas existentes y el mantenimiento del exigente sistema de control implantado y que tan buen resultado había dado en los últimos años, y que es de especial relevancia para nuestra flota al ser el primer país en términos de captura en el área regulada por ICCAT, es decir, la pesquería de atún rojo del Atlántico oriental y del Mediterráneo. A. P. P. 588 Abril


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