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Hossain López S., et. al. ANTECEDENTES Y SITUACIÓN ACTUAL La Carrera Militar El art.74 de la Ley de la Carrera Militar 39/2007, concreta que la carrera militar de los miembros de las Fuerzas Armadas “queda definida por la ocupación de diferentes destinos, el as-censo a los sucesivos empleos y la progresiva capacitación para puestos de mayor responsabilidad”1. De acuerdo al art.42, la capacidad profesional específica de los miembros de las F.A.S. para ejercer las competencias co-rrespondientes a cada puesto orgánico “se determinará por los cometidos de su cuerpo, por las facultades de su escala y espe-cialidades y por su empleo”1. Así el art.39 de la citada Ley, es-tablece que los cometidos para los miembros del Cuerpo Militar de Sanidad (C.M.S.) son la atención a la salud en los campos logístico-operativo, asistencial y pericial. Asimismo, dispone que todos los profesionales con categoría de Oficial (art. 20) realiza-ran funciones directivas y de gestión, técnicas, logísticas, admi-nistrativas y docentes1. Estas funciones, en caso del personal del C.M.S., se relacio-nan inevitablemente con aquellas recogidas por la Ley 44/2003 de Ordenación de Profesiones Sanitarias (L.O.P.S.)3: asistencia, investigación, docencia, gestión clínica y educación sanitaria. La Escala de Oficiales Enfermeros (E.O.E.) La Escala de Oficiales Enfermeros (E.O.E.) está integrada por personal de esta especialidad y limita a cuatro los empleos a alcan-zar (Teniente, Capitán, Comandante y Teniente Coronel)1, en una carrera profesional con 35 años de duración media aproximada. El ascenso de Teniente a Capitán se realiza por antigüedad1, tras 9 años de permanencia en el primer empleo. En estos dos empleos se concentra el grueso del personal enfermero (580 aproximadamente) ya que el tiempo en el empleo de Capitán os-cila de 12 a 18 años. En cambio, el ascenso de Capitán a Comandante se produce por sistema de clasificación1, tras una evaluación del expediente personal. Actualmente existen 88 Comandantes Enfermeros. De acuerdo a lo previsto en la Ley 39/2007, llegado a este empleo, debería producirse una reorientación de la trayectoria del profesional1. Sin embargo, las competencias específicas para los Comandantes de la E.O.E. no están definidas y, aunque el ascenso se produce en base al sistema de clasificación, no se rea-liza, actualmente, ningún curso de capacitación previo como sí ocurre en el caso de los oficiales otras especialidades. Finalmente, para poder acceder al último empleo de la escala, de Teniente Coronel, se aplica un sistema de elección de acuerdo a la Ley 39/20071. Para ello es preciso haber permanecido, al menos, 4 años en el empleo de Comandante y haber superado el Curso de Capacitación para el empleo de Teniente Coronel Enfermero orientado, principalmente, al desarrollo de competencias de ges-tión y dirección4. Sólo ostentan de forma simultánea este empleo 12 personas, en una escala con una plantilla objetivo de 7505. El tiempo medio en este empleo es de 3-4 años y máximo de 6. En estos momentos, dicho cupo se encuentra saturado y no se prevé ningún nuevo ascenso hasta el 13 de junio de 2019. 46  Sanid. mil. 2019; 75 (1) Plan de Acción de Sanidad Militar 2015-2024. Trayectoria profesional5 Esta Directiva del Ministro de Defensa pretende “el mante-nimiento de las capacidades mínimas necesarias para la presta-ción del apoyo sanitario requerido, tanto en territorio nacional como en operaciones en el exterior, en un horizonte temporal a 10 años”5. Contempla un diseño de trayectoria profesional con el objetivo de fomentar la continuidad del personal en la orga-nización. Para todas las especialidades (excepto medicina) esta trayectoria es común, a pesar de las diferencias entre escalas, y se plasma tal y como se muestra en la Figura 1. Figura 1. Trayectoria Profesional. Fuente: Plan de Acción de Sa-nidad Militar 2015-20245. El sistema de acceso requiere la obtención previa del corres-pondiente título universitario y la superación de un proceso de concurso-oposición, convocado anualmente. Aquel personal se-leccionado se incorpora al centro de formación durante un curso académico (enseñanza de formación) tras el que el personal es destinado a unidades. Una vez en su primer destino se les im-partiría un diploma específico para operaciones (D.S.O.), aún en desarrollo, dirigido a la adquisición de conocimientos para prestar servicio en operaciones5. Tras un mínimo de un año en el destino, podrían optar a la obtención de una especialidad complementaria con un máximo de un 10 % de especialistas en la E.O.E.5. Para enfermería sólo existe, actualmente, una especialidad complementaria: enfermería medicoquirúrgica en operaciones (E.M.Q.O.) de reciente creación (2016)6 en la que se han acredi-tado 35 Oficiales enfermeros, por vía excepcional, y se encuen-tran en formación los primeros 3 especialistas por el sistema de residencia. Sin embargo, existe una propuesta para el desarrollo de la especialidad de enfermería de urgencias y emergencias en opera-ciones, cuyo currículo formativo está finalizado y en estudio en estos momentos por parte de la Dirección General de Personal. Por otro lado, el plan de acción indica que “aquellos que ob-tengan una especialidad la ejercerán en aquellos puestos de cen-tros y unidades donde sea exigible su posesión”5, pero no se han definido estos destinos para el personal E.M.Q.O.


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