El Parlamento Europeo aprueba el Plan
plurianual de especies demersales en el
Mediterráneo
El día 4 de abril de 2019, el Pleno del
Parlamento Europeo aprobó, con amplia
mayoría, el Reglamento por el que se regula
el Plan plurianual para las especies demersales
en el Mediterráneo occidental, con una
votación cuyo resultado ha sido de 461 votos
a favor, 62 en contra y 101 abstenciones.
El Plan persigue el objetivo de la política
pesquera común relativo a alcanzar el Rendimiento
Máximo Sostenible (RMS) en este
caladero, así como garantizar la progresiva
eliminación de los descartes.
Para lograr estos objetivos establece un
régimen de gestión del esfuerzo pesquero
basado en días de pesca asignados para cada
segmento de flota y tipo de pesquería (costera
demersal y de profundidad de la gamba roja).
La base de este régimen de esfuerzo se calculará
a partir de la actividad media realizada
por los buques durante el período 2015 a
2017.
Durante el primer año se reducirá un 10
por 100 el esfuerzo, y en los cuatro sucesivos
hasta un máximo de un 30 por 100 adicional
en función de la situación del stock.
Asimismo, establece una veda de tres
meses para los buques arrastreros hasta
la isóbata de 100 m o, alternativamente, la
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prohibición de faenar a menos de seis millas
náuticas desde la costa, excepto en zonas con
más de 100 m de profundidad. Medidas que
podrán sustituirse por la delimitación de otras
zonas alternativas de veda, con la adecuada
justificación científica que garantice la supervivencia
de al menos el 20 por 100 de los
alevines de merluza.
Las negociaciones desarrolladas durante
el año 2018 por el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación han permitido alcanzar
un acuerdo equilibrado entre los aspectos
biológicos y socioeconómicos, logrando el
mejor concierto posible al eliminar aquellas
propuestas planteadas en un principio por la
Comisión que resultaban incompatibles para
el sector.
De esta forma, el Plan aprobado se basa
en un régimen de esfuerzo que evita la aplicación
de un Total Admisible de Capturas
(TAC) en un entorno en el que las pesquerías
multiespecíficas no lo aconsejaban; la reducción
de un 30 por 100 inicial a un 10 por 100
en el plan aprobado en el primer año de los
días de actividad de la flota de arrastre, o la
eliminación del establecimiento de una veda
hasta la isóbata de 100 m sin otro tipo de
alternativas.
También se ha flexibilizado la consecución
del objetivo de RMS a 2020 hasta cinco
años después de la aprobación del Plan, como
consecuencia de la tardía presentación del
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