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David Javier Santos Sánchez de las cantidades situadas en las cuentas de situación de fondos y en todo aquello que corresponda respecto de la contratación con empresas españo-las del sector de la defensa a la Intervención General de la Defensa (artícu-lo 7 Real Decreto 33/2014). Igualmente, «el régimen de responsabilidades previsto en el Título VII de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, será de aplicación a las actuacio-nes (Artículo 15 Ley 12/2012). 5.2.1.2.  Principio de no coste/no beneficio de Defensa español, siguiendo las pautas del FMS, conforme al cual la realización de actividades «que impliquen actos de contratación por el Ministerio de Defensa por cuenta de un Gobierno extranjero, en ningún caso supondrá coste o beneficio económico para el Ministerio de Defensa» (artículo 8.2. Ley 12/2012), lo que requiere que todos los costes derivados de la ejecución de un contrato Gobierno a Gobierno, incluidos aquellos en los que incurra el Ministerio de Defensa, sean sufragados por el Gobierno extranjero, y que además quede garantizado en el procedimiento el meca-nismo siguiendo de nuevo el modelo FMS, se ha optado por la apertura de una cuenta de situación de fondos del Gobierno extranjero34 y a la exigencia previa de fondos como condición para la ejecución del contrato Gobierno a Gobierno, con cargo a los cuales se reembolsarán los costes en que in-curra 178 Correspondiendo el ejercicio de dicho control sobre la administración señaladas en el artículo 8, en los términos establecidos por dicha Ley» Es el principio básico en el que se basa la intervención del Ministerio a través del cual se harán efectivos dichos cobros. En este caso, y el Gobierno de España y sin perjuicio de las garantías que resulten Revista Española de Derecho Militar. Núms. 109 y 110, enero-diciembre 2018 exigibles. Cuenta de situación de fondos destinada a financiar la adquisición de material de defensa por un Gobierno extranjero: Como hemos visto, la cuenta de situación de fondos se configura como un elemento esencial para el correcto desarrollo de un contrato Gobierno a Gobierno y requería 34 Así resulta de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2012: «1. Los costes deri-vados de las actividades previstas en el artículo 8 serán cargados directamente a la cuenta de situación de fondos del Gobierno extranjero.2. Los gastos ocasionados al Ministerio de Defensa por la prestación de servicios que se deriven de la realización de las actividades descritas en el artículo 8 serán reembolsados, con cargo a la citada cuenta, mediante in-greso a favor del Tesoro Público».


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