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Abraham Martínez Alcañiz versity Press, 2012, p. 57 y ss.; Sentencia de la Corte Penal Internacional (Sala de Primera Instancia), de 14 de marzo de 2012, Prosecutor v. Thomas Lubanga, pára. 541. American Journal of International Law, vol. 40, núm. 3. 1946, pp. 563 y ss.; Wolf Heints-chel and the classification of concepts. Oxford: University Press, 2012, p. 22, sostiene que el empleo de actos de terror por los grupos armados significa que sus tácticas de combate no tienen éxito, de ahí que recurran a estos métodos de combate criminales. hostile intent, imminence and self-defense in counterinsurgency». The Army Lawyer, 27- 50-483. 2013, p. 25. 58 −− El empleo de tácticas de guerrilla por los actores no estatales resulta habitual, siendo su uso legítimo siempre que se respete el derecho internacional de los conflictos armados12. Ahora bien, la evolución de estas tácticas de guerrilla han deparado situaciones complejas de abordar desde un prisma netamente jurídico, como los ataques suicidas, el empleo de artefactos explosivos impro-visados y la comisión de actos de terror contra la población civil como métodos para disminuir la moral de las Fuerzas Armadas y obtener una ventaja militar13. −− La victoria militar ya no reside únicamente en las capacidades militares de las partes contendientes, sino en el grado de res-peto del DIH y de los derechos humanos, pues su vulneración repercute negativamente en el objetivo final. La globalización y los medios de comunicación existentes hace que todo resulte conocido y difundido en el instante, sin un previo estudio riguro-so del suceso14. La población civil debe percibir que las Fuerzas Armadas respetan sus bienes y sus derechos, de lo contrario, nin-gún apoyo se obtendrá de ellos, redundando esto negativamente en los objetivos marcados. En suma, el respeto del DIH propi-ciará la consecución de los objetivos marcados en la operación, mientras que su violación incidirá negativamente, ocasionando además dificultades de naturaleza política, humanitaria y diplo-mática. −− Muchos de los grupos armados organizados para compensar su menor capacidad militar vulneran el principio de distinción15, a fin de obtener cierta ventaja militar, todo ello mediante el uso de escudos humanos, perfidia, colocación de objetivos militares en bienes civiles y ataques indiscriminados, como ha quedado 12  Cfr. Nurick, L y Barret. R.W. «Legality of guerrilla forces under the laws of war». Von Heinegg. Op. cit., p. 466. 13  Cfr. Haines, S. «The nature of war». WILMSHURST, E. (ed.). International Law 14  Cfr. Montalvo, E.D. «When did imminent stop meaning immediate? Ius in bello 15  Ibídem, p. 24. Revista Española de Derecho Militar. Núms. 109 y 110, enero-diciembre 2018


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