Carlos Javier Troyano Pino
de Naciones Unidas. Se debe evitar por tanto toda posibilidad de conceder
a organizaciones criminales o terroristas, algunas de ámbito internacional
como Al Qaeda en función del alcance de sus actividades y de la extensión
de sus células y recursos, las atribuciones y autoridad con los que se inviste
a cualquier Estado. Por ello dicho autor se esfuerza en negar a la citada
organización, no solo el estatus de Estado, sino incluso otras cualidades
como «nación», «beligerantes» o «insurgentes»129.
redefinición del crimen de agresión que permita contemplar los actos de
agresión perpetrados por tales grupos (los cuales podrían abarcar un espec-tro
insurgentes, guerrilleros o de bandas criminales).
al término Estado, la expresión «grupo» para referirse cuando sea necesa-rio
6. EL CRIMEN DE AGRESIÓN COMO MECANISMO DE
SALVAGUARDA DE LA PAZ Y SEGURIDAD
internacional»131 la integración plena del crimen de agresión, entre los ilí-citos
permanente de responsabilidad penal internacional»132. Este se encuentra
orientado básicamente hacia la aplicación de la norma fundamental que
rige la convivencia pacífica de los pueblos: la prohibición del uso ilegal de
la fuerza en virtud de lo establecido en el mencionado artículo 2 (4) de la
Carta.
su Estatuto en relación con el crimen de agresión en el contexto del Con-
Vol. 56. 2007. pp. 760-761.
las enmiendas de Kampala al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Princeton:
Universidad de Princeton 2012, p. 4.
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Es por ello que otros especialistas abogan mejor por acometer una
amplio de actores, desde organizaciones terroristas a grupos rebeldes,
De este modo, desde otro enfoque, el mismo Weisbord y también Ko-ran
sugieren una modificación en la definición del ilícito para incluir, junto
al actor agresor130.
En el «lento proceso de internacionalización de la justicia penal
de competencia de la CPI que tuvo lugar en la Conferencia de Revi-sión
de Kampala en 2010, ha supuesto un paso decisivo hacia «un sistema
A continuación, se examina el papel de la CPI y las disposiciones de
129 paust, J. «Responding Lawfully to Al Qaeda». Catholic University Law Review.
130 Koran. Op. cit., pp. 285-286.
131 roDríguez-villasante. Op. cit., p. 464.
132 instituto De liechtenstein. Manual de ratificación e implementación de
Revista Española de Derecho Militar. Núms. 111 y 112, enero-diciembre 2019