La relevancia de la prueba indiciaria en los delitos de deslealtad militar: especial referencia...
techo del urinario, que el militar, que se haya de espaldas, tiene una
perilla de goma azul en sus partes. Sin embargo, no puede apreciar
si lo depositado en el vaso ha sido el líquido contenido en la perilla
o si ha sido su propia orina. «El líquido que contenía la perilla no
fue ni custodiado ni objeto de un análisis posterior»21. El Tribunal
considera que aunque son probados los hechos, «no puede inferir
que la orina que pudiera contener la perilla utilizada por el procesa-do
no contuviera la suya propia y tampoco que esta no hubiera sido
evacuada en el momento en el que aquel afirma que lo hizo y ello
porque no se vio por nadie que dicho dispositivo fuera usado y, en
todo caso, si así hubiera sido, se desecharon tanto la muestra como
el contenido habido en la perilla, por lo que es imposible constatar si
ha habido o no alteración en las pruebas y, por tanto, falsedad en la
información que pudiese desprenderse de las mismas. Cuestión dis-tinta,
es que, indubitadamente, queda constatado que la práctica de
la prueba ordenada no fue cumplimentada debidamente por el proce-sado,
manteniéndose la margen del mismo y quebrantándolo a con-ciencia,
sin embargo, dicho quebranto no supone la existencia de un
reproche penal sino disciplinario, cuyo procedimiento se ha iniciado
para la posible depuración de los hechos. Por lo argumentado, el sus-trato
fáctico que da lugar a la acción penal carece de consistencia a
medida que procedemos al examen de la prueba practicada dando
lugar a la no enervación del principio de presunción de inocencia»22.
Finalmente, el tribunal resolvió absolviendo al militar como autor de
un delito de deslealtad.
2. En otro caso, un soldado «coloca la etiqueta de identificación perso-nal,
y hace entrega, de tubos de orina que no contenían, a sabiendas
del acusado, una muestra de su orina auténtica o real para ser ana-lizada
en el control de drogas» y que es detectado por un sargento
«que interviene en ese control de orina», y que «nota que los tubos
de orina que entrega el acusado tienen una temperatura baja, anóma-la
», informando al superior. Ese mismo día, al acusado se le toma
una nueva muestra de orina23. Las muestras de orina del soldado se
enviaron al laboratorio, obteniéndose de la primera muestra de ori-
21 Sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero. Sentencia n.º 52/2017 de 19 di-ciembre.
22 Sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero. Sentencia n.º 52/2017 de 19 di-ciembre.
23 Sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero. Sentencia n.º 69/2018 de 14 ju-nio.
Fundamento Antecedente de hechos 2.º. Ponente: Lorenzo Marroig Pol.
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Antecedente de hechos 2.º. Ponente: Viciente Emilio Palazuelos García.
Fundamento Jurídico 2.º. Ponente: Viciente Emilio Palazuelos García.
Revista Española de Derecho Militar. Núms. 111 y 112, enero-diciembre 2019