La relevancia de la prueba indiciaria en los delitos de deslealtad militar: especial referencia...
mación, el Tribunal alcanza la convicción sobre la culpabilidad del
investigado a través de la prueba indiciaria, tomando como indicios
acreditados: «a) la previa preparación del mecanismo descrito del
que formaba parte la bolsa de orina facilitada por un hermano suyo;
b) el reconocimiento de haber consumido cannabis y el propósito de
no dar positivo en la analítica; c) el hallazgo de la bolsa conteniendo
solo residuos de orina; d) la confesión de los hechos hecha ante su
superior inmediatamente después de la comisión y ante el coronel
jefe de la Base, en el preceptivo trámite de audiencia practicada en el
procedimiento oral seguido para la imposición de falta disciplinaria
de carácter leve por los mismos hechos y, e) el resultado positivo al
consumo de cannabis arrojado por la analítica practicada»27.
En la mayoría de los casos, los tribunales deben acudir al recurso de la
prueba indiciara para incriminar al que dolosamente ha manipulado certi-ficaciones
o comunicado información falsa que suele descubrirse con pos-terioridad
a la comisión del hecho delictivo.
La prueba indiciaria se basa en el uso de fenómenos o hechos percep-tibles
como medio para inferir la existencia de otro fenómeno no percibido
Esos fenómenos o hechos vienen a denominarse indicios, y deben apo-yarse
«en elementos de hecho»28, deben estar acreditados «plenamente,
con prueba directa»29, en resumen, deben existir como hecho natural per-ceptible
a través de los sentidos. El indicio al inferir se comporta como
un intermedio, ya que «su objeto no es directamente el objeto final de la
prueba, sino otro intermedio que permite llegar a este a través de una regla
de experiencia»30.
27 Tribunal Supremo (Sala de lo Militar, Sección 1.º). Sentencia n.º 9/2019 de 7 febre-ro.
Fundamento Jurídico 2.º. Ponente: Excmo Sr. Angel Calderón Cerezo.
28 Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1.º). Sentencia n.º
29 SAP de Vizcaya (Sección 2.º). Sentencia n.º 22/2014 de 20 de marzo. Ponente: Ilmo.
30 Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1.º). Sentencia n.º
409/2013 de 21 de mayo. Ponente: Excmo. Sr. Juan Ramón Berdugo y Gómez de la Torre.
El intermedio es un hecho, una circunstancia, una huella, un fenómeno o un rastro. COR-TÉS
SOTO, R. «La prueba indiciaria». Revista Digital de la Maestría en Ciencias Penales
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4. LA PRUEBA INDICIARIA
pero relevante en el ámbito jurídico penal.
175/2018 de 12 de abril. Ponente: Excmo. Sr. Andrés Palomo del Arco.
Sr. D. Elsa Pisonero del Pozo Riesgo.
de la Universidad de Costa Rica. Nº 2. 2010, p. 274.
Revista Española de Derecho Militar. Núms. 111 y 112, enero-diciembre 2019