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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

El Anteproyecto de Ley Orgánica (2013) del Código Penal Militar autoridad en el sujeto activo (militar en el ejercicio del mando) y en la descripción típica. El bien jurídico protegido no es la disciplina, sino los deberes del servicio. Los quebrantamientos del servicio integran el contenido del Capítulo 1.º El abandono de un servicio de armas o de cualquier otro servicio en 2.º Los delitos contra los deberes de centinela como el abandono de puesto, el incumplimiento de sus obligaciones con grave daño al servicio o el incumplimiento de los cometidos de vigilancia de los espacios aé-reos. Es de destacar que en la definición de centinela (artículo 4 del Ante-proyecto) se amplía este concepto de acuerdo para abarcar cometidos de gran importancia desempeñados actualmente por las Fuerzas Armadas o la Guardia Civil. 3.º La embriaguez45 o la drogadicción, voluntaria o imprudente, en acto de servicio de armas cuando produzca el resultado de excluir o disminuir la capacidad del militar para prestarlo. Asimismo se sanciona esta misma conducta cometida por un militar que, en cualquier acto de servicio, ejer-ciere el mando. Se ha cuidado de diferenciar este delito de las correspon-dientes infracciones disciplinarias militares sancionadas como faltas leves, El Capítulo VI castiga la omisión del deber de socorro46 cometida por los militares, desde las conductas más reprobables por tratarse de situacio-nes de peligro en caso de conflicto armado o estado de sitio hasta la incri- 45  Claver Valderas, J. M., «Embriaguez en acto de servicio», en Comentarios al Código P. M., op. cit., pp. 1693 y ss. Véase también, Rodríguez-Villasante y Prieto, J. L., «Valoración jurídico militar de la embriaguez y drogodependencias», en Derecho Penal y Procesal Militar, op. cit., pp. 371 y ss. Para un análisis de la jurisprudencia, véase Código Penal Militar, Colex, 2011, op. cit., pp. 412 y ss. 46  Rodríguez Mourullo, G., Comentarios al Código Penal, op. cit., pp. 553 y ss. Véa-se también, Fernández Dotú, P. J., «Delitos de denegación de auxilio», en Comentarios al Código P. M., op. cit., pp. 1725 y ss. 109 4.5. Quebrantamiento de servicio V incriminándose: determinadas circunstancias. graves o muy graves. 4.6. Omisión del deber de socorro Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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