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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

Jerónimo Domínguez Bascoy Por su parte, la Unión Europea cuenta desde el 7 de febrero del presen-te año con su propia estrategia de ciberseguridad, «un ciberespacio abierto, protegido y seguro», presentada conjuntamente por la Comisión Europea y la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Se-guridad. una política de ciberdefensa y de las correspondientes capacidades en el marco de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD). Se destaca así, expresamente, que los esfuerzos de la Unión Europea en materia de ciberseguridad deben tener también una dimensión ciberdefensiva. En esta línea, el 25 de marzo de 2013, el Grupo Político-Militar remitió una nota al Comité Político y de Seguridad11, invitándole a mostrar su acuerdo con las recomendaciones que en la misma se contienen acerca de los aspectos de la PCSD que afectan a la estrategia de ciberseguridad de la Unión Europea. Entre otras, dichas recomendaciones incluyen la de mejorar las capacida-des los mecanismos de alerta temprana y de respuesta a la vista de las nuevas ciberamenazas o la de continuar y reforzar la cooperación UE-OTAN en materia de ciberdefensa. que esas vulnerabilidades y amenazas que plantea el dominio ciberespa-cial, de información y telecomunicaciones, a su múltiple dependencia y a la complejidad técnica, cantidad y dispersión geográfica de sus infraestructu-ras, recientes, el Mando Conjunto de Ciberdefensa de las Fuerzas Armadas, mediante la Orden Ministerial 10/2013, de 19 de febrero12. A los fines del presente trabajo, y dando un paso más en la tarea de acotar el objeto de nuestro estudio, los aspectos de esta Orden sobre los que debemos poner el foco son los siguientes: news/2013/apr/eu-council-cybersecurity-pmg-opinion-7847-13.pdf. últimos años se han venido desarrollando en el EMAD, que han plasmado sucesivamente en la «Visión del JEMAD de la ciberdefensa militar» (enero de 2011), el «Concepto de ciberdefensa militar» (julio de 2011) y el «Plan de acción para la obtención de la capacidad de ciberdefensa militar» (julio de 2012). 156 Entre las cinco prioridades y acciones estratégicas que en la mis-ma se establecen, figura, como no podía ser de otra forma, la de desarrollar de ciberdefensa de los Estados miembro, la de revisar y comprobar Volviendo a España, no podemos dejar de poner de relieve el hecho de unidas al carácter crítico de la información que procesan los sistemas ha llevado a que, con el fin de dirigir y coordinar las acciones de nues-tras Fuerzas Armadas en este ámbito, se haya creado, también en fechas 11  Documento 7847/13, «PMG recommendations on the CSDP aspects of the Cy-bersecurity Strategy of the European Union». Accesible en http://www.statewatch.org/ 12  Esta Orden Ministerial es el indudable fruto de los trabajos que a lo largo de los dos Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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