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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

Formación y adiestramiento sensible al género del personal cívico-militar y el... Si se quiere que, de cara al futuro, tengamos un mundo más seguro, no se pueden seguir ignorando estas cuestiones ligadas al papel de la mujer antes, durante y, sobre todo, después del conflicto. Con este planteamiento, se aborda la segunda parte del libro, desarrolla-da por la profesora De Tomás: ¿cómo ha de ser un adiestramiento sensible al género que permita empoderar a la mujer? o, en otras palabras, ¿cómo adiestrar para cumplir las estrategias conducentes a la reafirmación de la dignidad de la mujer, a su autoestima como persona y al fortalecimiento de su posición socioeconómica y política? Estas estrategias definidas en múltiples resoluciones, sin que se alcanzasen logros significativos, solo pueden cumplirse acentuando el papel del adiestramiento de los miembros de las Fuerzas Armadas y de su personal asociado, tal y como, de forma novedosa, afirma la Resolución 1894. Ahora bien, ese adiestramiento sen-sible al género, ha de ser abordado con un enfoque integral, es decir, debe incardinarse en una formación general con respecto a las necesidades de la población civil. Asimismo esa necesidad de capacitación especial se debe extender a la misma población civil, difundiendo el conocimiento sobre normas de Derecho Internacional humanitario y de Derechos Humanos. La formación, sin embargo, no debe limitarse a una pura transmisión de con-tenidos, controlada por el número de horas de enseñanza impartidas, sino que ha de tener como finalidad la de sensibilizar, es decir, la de provocar sentimientos hacia las personas que son objeto de protección para garanti-zar, de este modo, la percepción de sus problemas. Sin llegar a especificar los medios idóneos para llegar a tal fin, la profesora De Tomás, insiste, no obstante, en la importancia que tiene el principio de la responsabilidad del mando, destacado por la Resolución 1960, en relación con el cumplimiento de las normas de DIH y, en especial, con los actos de violencia sexual con-tra mujeres y niñas, perpetrados por sus subordinados. Pero, en especial, el principal medio para llegar a un adiestramiento sensible al género, lo ve De Tomás en que se proceda a la asignación de funciones, y no solo forma-doras, a las mujeres, tanto civiles como militares, en el contingente de una OMP. Critica, en este sentido, que la ONU, incluso en sus más avanzadas resoluciones como la 2086, que reclama la participación de la mujer en to-das las etapas de los procesos de paz, no llegue a vincular esta cuestión tan importante ni con el adiestramiento ni con el contenido del mandato para la operación de que se trate. Las anteriores cuestiones son desarrolladas en un capítulo a cargo de la capitán auditor Ana Pilar Velázquez, también premio Querol, que es, sin duda, el capítulo más específicamente jurídico, en el que se estudia el tratamiento de los problemas de género en las normas convencionales y 511 Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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