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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 95-96

del régimen penal y disciplinario de los miembros de la Guardia Civil y de las Fuerzas Armadas. La metodología empleada es el análisis lógico-deductivo de los textos legales principales sobre la materia a abordar, esto es, la Constitución española (CE) de 1978, las Reales Ordenanzas de 1978 y 2009, y, por supuesto, la LO 11/2007 y el Proyecto de 2010. En este análisis acudimos también a otras fuentes jurídicas, tanto leyes, como Reglamentos y Órdenes Ministeriales, así como a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Sala V del Tribunal Supremo, sin olvidar la aportación de fuentes de carácter secundario como son tanto informes de asesorías jurídicas de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, como bibliografía destacada sobre las diferentes cuestiones estudiadas. Esta exploración jurídica pretende combinar tanto el análisis de la literalidad de los preceptos, como el de la sistematización de las leyes de las que proceden, para finalizar con el estudio de su operatividad en el contexto de aplicación. Para afrontar estas cuestiones hemos optado por una estructura en tres capítulos, el primero de ellos dedicado a la exposición de la problemática que afrontamos, con la contextualización de la Guardia Civil y las Fuerzas Armadas en nuestro sistema constitucional, así como con la presentación de las principales fuentes de las limitaciones establecidas en el ejercicio de sus derechos por parte de los militares. En el Capítulo II iniciamos el estudio de dichos derechos, según la sistemática de la LO 11/2007, de 22 de octubre; de esta forma, este capítulo está destinado a los denominados derechos civiles (igualdad, libertad, intimidad, residencia, y libertad de expresión e información). Posteriormente, el Capítulo III se centra en los derechos de carácter político (reunión y manifestación, asociación, sufragio, sindicación y huelga y petición), así como al abordaje somero de algunas cuestiones relativas al Consejo Superior, y al previsible futuro Observatorio de la Vida militar, si bien el estudio de estas instituciones no se configura como un objetivo de este trabajo. Por último, las conclusiones aportan una síntesis final de las principales consideraciones extraídas del estudio realizado. CAPÍTULO I.  MARCO JURÍDICO La Guardia Civil (GC) es, según señala el Artículo 23 de la LO de Defensa Nacional 5/2005, de 17 de noviembre, un Instituto armado de naturaleza militar, dependiente del Ministro del Interior en el desempeño 45


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