Page 433

REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 95-96

Alto Nivel, creado en 2006, para estudiar el futuro del marco regulador europeo en materia de aviación, explica cómo se va consiguiendo la separación entre prestación de servicios y el ejercicio de las potestades públicas y la regulación, e informa de que los Ministerios de Defensa también están representados en el proceso comunitario de toma de decisiones. El Comité del Cielo Único incluye a dos representantes por Estado miembro, uno civil y otro militar. Asimismo y al ocuparse, en otro momento, de la Red Transeuropea de gestión del Tráfico Aéreo, defiende la idea de que Un gestor de la red, representante de todos los agentes del sector de la aviación, incluidas las instancias militares, debería encargarse de mejorar el diseño de las rutas y los sectores desde una perspectiva de red y constituir el eje principal para reforzar los servicios centrales de planificación de la capacidad y de gestión de los flujos de tráfico, así como para optimizar la utilización de la capacidad aeroportuaria, proporcionando normas claras sobre el acceso a la red y el uso eficiente de las rutas. Por último y según recogen literalmente los autores arriba citados, en el párrafo 44 del mismo Informe se pone de manifiesto que: Un marco regulador completo debería abarcar la seguridad, las condiciones económicas de la prestación de servicios, el diseño y el uso del espacio aéreo, la coordinación y la cooperación civil-militar y los aspectos técnicos y operativos. Todas estas actividades son competencia de la Unión Europea. Convendría que fuera eficaz y que garantizara el respeto de las normas por parte de todos: los Estados miembros, los proveedores de servicios y los usuarios. En fin, el esfuerzo hecho ahora por los autores anteriormente mencionados para explicar El Cielo Único Europeo y los Cielos Abiertos Transatlánticos, tanto en lo relativo al proceso seguido hasta ahora como en lo que supone sus últimas implicaciones desde el punto de vista regulatorio, resulta muy notable tanto por su exhaustividad como por su claridad. Por lo demás, de la incidencia de todo esto en el ámbito aeronáutico militar se ha ocupado con detenimiento el autor de estas líneas en el epígrafe dedicado a Soberanía y Gestión Unificada del Tráfico Aéreo y, más en concreto, El Cielo único Europeo y sus implicaciones militares contenido en mi Estudio sobre La Administración Aeronáutica. El Ministerio de Fomento y el Ministerio de Defensa: delimitación de competencias…, publicado en la obra colectiva Régimen Jurídico del Transporte Aéreo, anteriormente 449 mencionada. En este sentido, no me resisto a transcribir aquí lo que el Jefe del Mando Aéreo de Combate consideraba en 2004 como principios irrenunciables


REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 95-96
To see the actual publication please follow the link above