Page 123

EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL EXTRA MAYO 2016

−−Los contratos de permuta y aquellos a los que sea de aplicación el artículo 294 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. −−Igualmente, y sin límite de cuantía, cualquier acuerdo marco. Habida cuenta de que estamos tratando de la contratación en el MALE, es imprescindible mencionar los órganos de contratación constituidos en los jefes de las secciones de asuntos económicos (SAECO) de los siete parques, que aportan agilidad, eficacia y eficiencia al sistema: −−Jefe de la SAECO del Parque y Centro de Sistemas Acorazados n. º 2. −−Jefe de la SAECO del Parque y Centro de Mantenimiento de Sistemas Antiaéreos, Costa y Misiles. −−Jefe de la SAECO del Parque y Centro de Mantenimiento de Armamento y Material de Artillería. −−Jefe de la SAECO del Parque y Centro de Material de Ingenieros. −−Jefe de la SAECO del Parque y Centro de Mantenimiento de Vehículos Rueda n. º 1. −−Jefe de la SAECO del Parque y Centro de mantenimiento de Vehículos Rueda n.º 2. −−Jefe de la SAECO del Parque y Centro de Abastecimiento de Material de Intendencia. Estos órganos de contratación tienen competencias delegadas para un importe igual o inferior a 1.000.000 de euros. Las limitaciones en cuantía que figuran en la orden se entienden referidas al valor estimado de los contratos, en los términos establecidos en el artículo 88 del TRLCSP. Tanto el jefe de la JAEMALE como los jefes de las SAECO de los parques se constituyen en órganos de contratación, con las limitaciones expresadas en la orden ministerial y en el ámbito de sus competencias. Ejercen, además, las competencias de aprobación del gasto y su compromiso. Últimamente, y en línea con las recomendaciones de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) en lo referente a la reducción de los órganos de contratación, esta situación está en proceso de revisión. En el ejercicio económico pasado (2014), los jefes de las SAECO del Parque y Centro de Sistemas Acorazados n.º 1 (PCMASA n.º 1) y del Parque y Centro de Material de Transmisiones (PCMATRANS) perdieron sus facultades delegadas de contratación y pasaron a ser apoyados por otros órganos de contratación. En un futuro hay que diseñar una estructura que sea capaz de rentabilizar al máximo los recursos humanos y materiales sin descuidar el trabajo de detalle y de apoyo próximo que realizan las SAECO, dándole agilidad y especialización a la contratación en sus parques. LEGISLACIÓN BÁSICA Las disposiciones legales aplicables a este campo de actuación están en continua evolución y ya existen nuevos proyectos de ley que, en un futuro próximo, se espera que cambien el escenario legal. Estos cambios están orientados principalmente a la adaptación de la legislación nacional a las nuevas directivas de la Unión Europea. Fundamentalmente, son las que se relacionan: −−Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. −−Ley de Contratos del Sector Público en los Ámbitos de la Defensa y de la Seguridad (LCSPDS). −−RD 1098/2001, Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Almacén de repuestos Públicas. REVISTA EJÉRCITO • N. 901 EXTRAORDINARIO MAYO • 2016  123 


EJERCITO DE TIERRA ESPAÑOL EXTRA MAYO 2016
To see the actual publication please follow the link above