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REVISTA DE SANIDAD FAS OCT DIC 2016

Aspectos médicos y legales de la atención a piratas. La experiencia española en la operación... Sanid. mil. 2016; 72 (4)  281 En caso de que resultara necesario realizar alguna interven-ción quirúrgica, ésta se hará conforme a la praxis médica habi-tual, con las prevenciones sanitarias que más tarde se comenta-rán en este artículo. Desde un punto de médico legal tan solo ha de tenerse en cuenta que el pirata detenido deberá firmar el correspondiente consentimiento informado en el que expresa-mente se manifieste los potenciales riesgos de la misma. En caso de que el pirata se niegue a firmar el consentimiento informado, tan solo se podrá realizar una operación quirúrgica en contra de su voluntad para preservar la vida del detenido si ésta corre peligro, a criterio médico. Ello sería posible dada la condición de detenido, en tanto que el mismo se encuentra bajo tutela del Es-tado español. Finalmente, resulta necesario señalar que los expe-dientes médicos deberán acompañar y formar parte del atestado judicial que en su caso se instruya a los detenidos. Si resultase precisa una aeroevacuación, deberá ofrecerse esta posibilidad. B.  Actuación médica en virtud de “no detención/retención para desarme” (la conspiración para cometer piratería no se con-sidera delito, por tanto no es punible y no se puede proceder a la detención. Se considera acto ilícito): Se trata de la mayoría de los casos. La finalidad de la acción militar es desarmar a los piratas e incautarse de sus materiales para impedirles ejercer la piratería, aunque sea temporalmente. En estos casos, si durante la acción antipiratería se ha producido algún daño al pirata, se le atenderá por razones humanitarias y no legales (salvo que se trate de un daño grave). Así, desde un punto de vista médico legal, hay una impor-tante diferencia con la primera situación (de detenido), y es que al no estar formalmente detenido, si el pirata se niega a una in-tervención médica no hay posibilidad legal para realizarla, ya que el pirata es libre para marcharse; como en el caso previo tan solo se podrá realizar una operación quirúrgica en contra de su voluntad para preservar la vida del detenido si esta corre peli-gro, a criterio médico. Si finalmente se procede a la intervención quirúrgica, habrá que informar al pirata de que su condición no es la de detenido, y que la única razón por la que se encuentra a bordo es la prestación de asistencia médica. Pero sin embargo, sí que hay que ofrecerle esta posibilidad de asistencia médica o de evacuación médica. Por último, aunque no se llegue formal-mente a detener, es altamente recomendable un informe médico (preferiblemente con fotografías) que refleje el estado de salud general del presunto pirata antes de que definitivamente quede en libertad. Todo ello a fin de tener argumentos ante potenciales reclamaciones derivadas del incidente (Figura 4). ASPECTOS MÉDICOS DE LA ATENCIÓN A PIRATAS Una de las misiones de la fuerza naval europea de la Opera-ción Atalanta es asegurarse que todos los detenidos sean trata-dos de una forma humanitaria según las leyes internacionales. Es recomendable considerar una serie de peculiaridades propias de la atención a presuntos piratas. La mayoría de ellos proceden de países en vías de desarrollo, donde la sanidad no se encuentra totalmente instaurada y donde no se cumplen las medidas preventivas adecuadas. A este hecho se suma las condi-ciones de vida de los piratas, tanto en la costa como a bordo de la embarcación y por último se añade la posibilidad de lesiones por arma blanca o arma de fuego, que no son tratadas de forma reglada favoreciendo la cronicidad de las mismas. Estos individuos al ser capturados por efectivos militares pue-den ser un peligro potencial para la dotación desde un punto de vis-ta médico, principalmente por la posibilidad de transmitir enferme-dades infectocontagiosas. Sin embargo, por razones humanitarias y legales, deben ser atendidos y tratados por el personal sanitario. PROTOCOLO REALIZADO DURANTE LA DETENCIÓN A PIRATAS Distintos buques de la Armada Española han empleado una instrucción para la custodia de detenidos a bordo que detalla los deberes, atribuciones y responsabilidades del personal involucra-do en la detención5. Explica cuándo hay que detener al presunto pirata, cuál es el procedimiento durante la detención, embarque, custodia y desembarco de los detenidos. En la fase de preparación del buque, se alista un punto de control para los detenidos, con monos de trabajo, toallas, ja-bón…, se distribuirán guantes y mascarillas entre el personal que va a estar en contacto con los detenidos. Se prepara una ducha y el material sanitario para realizar los reconocimientos médicos. Intérprete, fotógrafo y personal de administración deben estar Figura 4. Procedimiento de atención sanitaria en caso de deten-ción formal y no detención/retención para desarme. Imagen reali-zada por los autores.


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