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RHM EXTRA 1 2017

ANEXOS 341 quemarlas ni hacerlas agravio, y tener orden de cristianos en ellas como se ha hecho por lo pasado en tiempo antiguo; y que en ninguna manera no se disputen sobre la Fe cristiana, so pena de castigo de sus personas. 8. Ítem: Que se cuente a razón de treinta días por mes como es costumbre; y ha de tener cada uno de los soldados cada mes de sueldo cuatro escudos de Alemania de moneda, a razón de quince bacos por florín o sesenta cruces de las dichas monedas de veinte y cinco placas cada florín, moneda de Brahante, o el valor del en cualquier género de monedas de oro o plata, o en otra cualquier moneda, conforma a como corriere a donde se le hiciere el pagamento; y el dicho pagamento será ocho días antes del mes u ocho después conforme a como estuviese pronto el dinero para pagarles; y si en caso el dinero se tardare diez y seis días o más, y no estuviere pronto, tendrán paciencia, y no por esto dejaran de hacer sus guardias ni otras cosas que se les ordenare tocante al servicio de Su Majestad, como conviene a buenos y honrados soldados. 9. Ítem: Que si alguna villa, castillo o fortaleza se rindiere por acuerdo que ninguno sea osado a entrar en ella ni saquear ni hacer contra ella ni tratar sin noticia, sabiduría y licencia del Coronel o de quien tuviere orden suya para ello, so pena de castigo de su persona; sino dejarlo y no romper las ordenes y pactos que se hubieren hecho, y ayudar para que los dichos pactos no sean rotos. 10. Ítem: Cuando se diere alguna batalla o asalto, que ninguno sea osado de tomar prisioneros ni saquear, ni se detenga a desbalijar muertos, si no fuese en caso que la batalla o plaza de armas sea ganada y todo quitado; y en todo este tiempo se estén en su buena orden como conviene, si pena de castigo en su persona. 11. Ítem: Que ninguno sea osado a salir fuera del cuartel, campo o donde estuvieren alojados, a la picorea o a otra parte, sin dar noticia a su Capitán o con consentimiento suyo, ni de noche quedar fuera de sus banderas, so pena de ser castigados en sus personas a arbitrio de su Coronel. 12. Ítem: Que cada Capitán, Oficiales y soldados nobles, y de cualquier calidad o condición que sean, hayan de ser obligados de tener todas sus armas, y no dejen de hallarse con ellas a las muestra que se les tomare, y se hayan de dejar tomar la muestra todas las veces que se les pidiere; y que el que lo contrario hiciere no se le hará bueno su sueldo ni se le mejorará. 13. Ítem: Que cada uno este vigilante de tener y traer a su lado buenas armas, y que haya de tener mucha cuenta con ellas para cuando se ofreciere ocasión de pelear con el enemigo se pueda defender dellos; y si en caso se le hallare que no las tenga, como dicho es, puede el Comisario de muestras abajarle su plaza y sueldo y su Capitán castigarle. 14. Ítem: Que cada arcabucero haya de tener su arcabuz muy limpio y bien aderezado, y sus frascos con pólvora y balas y mecha, todo muy bien en orden; y si en caso se hallare alguno que no tenga lo dicho, y que no sepa pelear con sus armas contra los enemigos, haya de ser castigado en su persona. 15. Ítem: Si en caso hubiere uno o más que en batallas o escaramuzas, o en otra cualquiera ocasión, se pusiere o quisiere huir que el que más cerca del estuviere le pueda dar y matar, y que el que lo hiciere no caerá en pena ni ninguno se lo ha de tener ni tendrá a mal, sino antes se lo hayan de tener a mucho bien y merced; u en caso que no se


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