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RHM EXTRA 1 2017

ANEXOS 453 10. Ningún Capitán, ni otro Oficial, estando de Guardia, podrá dejar el puesto a otro, ni hacerse cargo ninguno de ellos de Guardia que legítimamente no le tocare, o fuere nombrado para ella; menos en caso de estar sorprendido de enfermedad, o semejante accidente, de lo cual advertirá al Sargento Mayor, que enviará otro en su lugar. 11. Ningún Oficial Reformado, ni Soldado, podrá apartarse de la Guardia sin licencia de los Cabos de ella; ni estos, sin que primero sean mudados de otros. 12. Los Alféreces Reformados irán de Guardia, o a cualquiera otra función, a la Orden de cualquiera Sargento Vivo de las Compañías del Tercio, sin atender a que sea, o no, el de su propia Compañía. 13. Cuando la Compañía del Maestro de Campo entrare de Guardia, o fuere a algún puesto con alguno de los Alféreces del Tercio, irá con ella el Sargento de la Compañía, y no otro, si no en caso de tocarle, o de estar el tal Sargento ausente, o enfermo. 14. Las Guardias se entrarán siempre que el número de la gente, que se nombrare para ellas, lo permita, en Escuadrón; y este será en todas ocasiones formado de cuatro, cinco, o seis de fondo; y los Alféreces con Banderas, o sin ellas, irán entre la segunda, y tercera hilera, frente del centro de Picas (cuando fuere formado de cuatro) cubiertos los costados (cuando llevaren Banderas) de cuatro, o cinco Soldados Arcabuceros por cada uno, con los Tambores delante, y los Abanderados con sus Venablos detrás. 15. Si la Guardia que entrare en el Principal, o en otro cualquier puesto, hubiere de ir con Bandera, el Alférez que la hubiere de llevar, acudirá por ella, acompañado de una Escuadra de quince, o veinte Soldados; y si las Banderas estuvieren en el Principal, como se acostumbra, hará alto con la gente a la puerta de él, hasta tanto que el Alférez que estuviere de Guardia a dichas Banderas, salga con ella en la mano, y se la entregue. 16. en el número de la gente que le nombrare para esta Guardia del Principal, se incluirá un Soldado de cada una de las Compañías que no estuvieren de Guardia, y estos asistirán en el Principal, para la distribución de las Ordenes que se suelen ofrecer, sin que se les ocupe en centinela, ni otra alguna función; pero cuando a la Guardia se le ofreciere tomar las armas, en tal caso los tales Soldados de Ordenes tomarán las suyas, y se incluirán con los otros. 17. EL Oficial que se hallare de Guardia en alguna puerta, hará que su gente tome las Armas al tiempo de cerrar, o de abrirla, formándola como mejor se pueda, y mezclando las Picas entre las bocas de fuego; y hará acompañar al que llevare las llaves, de algunos Soldados, y un Cabo, en caso de haber de pasar más delante de la puerta principal a cerrar otras puertas, o barreras; y si entran Tropas de notas, sin que se abran todas de una vez. 18. Cuando el Cabo de Escuadra que nombra, hubiere de mudar las Centinelas de su Guardia, no se permitirá que ninguna de ellas entregue a otro el puesto, sin que el tal Cabo de Escuadra se halle presente, tanto por la equivocación que puede haber en las Ordenes, como por asegurarse del Santo , y Contraseña, que el Soldado que se muda, entrega al otro que le va a mudar: y la gente, tanto al llevarla, cuanto al traerla, irá, y volverá, sin que a ninguno se le permita pasar delante, o quedarse atrás. 19. A ninguno de los Soldados, que por razón de haber estado de Centinela tuvieren el Santo, o Contraseña, se dejará salir del Cuerpo de Guardia hasta haberse tocado la Arbola


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