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RHM EXTRA 1 2017

LAS RAÍCES DE LAS ORDENANZAS MILITARES… 49 escuderos y resto de la población “sacar fuera delos nuestros rregnos cavallo, nin roçin nin yegua nin potro nin mula nin mulos”92. Un tercer asunto considerado en 1385 fue el relacionado con el pago a la nobleza por sus servicios militares. Como es sabido, el deber militar de los nobles (ricos-hombres, infanzones o caballeros) siempre había dependido del disfrute de la tenencia de tierras o de remuneraciones en metálico con el carácter de “beneficios” militares, conocidos en el siglo XIII como maravedises, y en el XIV como acostamientos. Se trataba de soldadas o pagos, bien procedentes de la Hacienda regia en una determinada tierra o localidad, bien llevados a cabo mediante libramientos expedidos por la Tesorería. Ya en tiempos de Alfonso XI y de Pedro I, concretamente en los Ordenamientos antes citados de 1338, 1348 y 1351, se había dispuesto que cada caballero recibiera un sueldo anual de 1.100 maravedíes, contrayendo la obligación por ello de: disponer de un caballo de combate de al menos 800 maravedíes; asistir al campo de batalla acompañado por un ballestero y un lancero; y luchar gratis durante noventa días, salvo si se tratara de caballeros de frontera, que tenían otras condiciones. Esta situación, sin embargo, iría cambiando desde el reinado de Enrique II (1369-1379), ya que muchos de los más destacados miembros de la nobleza empezaron a recibir cada vez más señoríos, traduciéndose esta nueva realidad en una cada vez más escasa valoración de estos sueldos, pese a no renunciar a ellos. En definitiva, la política de compensación económica propuesta acabaría por mostrarse ineficaz. La nueva respuesta llegó en las Cortes de Briviesca de 1387, tras plantear la necesidad de mantener una fuerza de caballería profesionalizada, con un número importante de integrantes, y de rápida movilización. En concreto, y con un claro objetivo de renovación, se proyectó constituir un fondo de 14.000.000 de maravedíes anuales para costear un ejército de 10.000 caballeros93. Asimismo, por vez primera, se ordenó componer un registro de todos los hombres armados disponibles. Por último, Juan I facultó al Consejo Real para entender sobre tales novedades y, en general, sobre la guerra. Su propósito no era otro que utilizarlo como instrumento fundamental para controlar el poder de la nobleza. Pero el éxito esperado no llegaría, según lo demuestra tanto el nuevo intento de reforma emprendida en 1390, que en seguida se analizará, como el hecho de que casi medio siglo después, durante las Cortes celebradas en 1430, se solicitara a su nieto Juan II poner remedio 92  Cortes, II, p. 433. 93  Cortes, II, p. 392. Para entender en toda su extensión lo que suponía esta cantidad económica, hay que ponerla en relación con el total de las rentas reales, que oscilaban entre los 20 y los 22 millones de maravedíes anuales. Cf. Ladero Quesada, Miguel Ángel: El ejército…, p. 233. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2017, pp. 49-58. ISSN: 0482-5748


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