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ARMAS_Y_CUERPOS_135

Armas y Cuerpos Nº 135 49 Hacia 1775. Entre las damas, un soldado de Infantería con la nueva “gorra de pluma”, novedad que trajo consigo la aparición del saludo militar actual. Detalle del cuadro “La feria de Madrid en la plaza de la Cebada”, por Manuel de la Cruz, La gorra “de pluma” Este nuevo tipo de cubrecabezas que, en pocos años, se puso de moda en los ejércitos de media Europa en cada uno con su propia estética, era, en España, una gorra negra con una visera plana en la parte delantera, un cerco negro alrededor de su base y una frontalera vertical, también negra, bordeada de galón blanco o amarillo –según fuera plateada o dorada la botonadura del uniforme del regimiento-. En su parte superior llevaba la gorra una cresta de metal dorado. Del lado izquierdo salía verticalmente una pluma roja con las mismas funciones que la escarapela roja, es decir, ser el distintivo de nacionalidad –diríamos hoy- del Ejército español. Una buena representación la encontramos en el cuadro de Lorenzo Tiépolo “La acerolera”, que, además, nos muestra la pequeña diferencia que había entre las gorras de fusilero y de granadero de Infantería. El detalle más signifi cativo de esta gorra era que en la frontalera llevaba, troquelado en una plancha de metal dorado, el escudo real reducido a las armas de Castilla, rodeadas por el collar del Toisón de Oro y timbradas por la corona real. La gorra de los granaderos llevaba abajo y a los lados del escudo real un par de granadas de mano con la llama encendida. Ahora veremos el porqué de la importancia de este escudo. El saludo de la tropa llevando la “gorra” Según el artículo 8 del Título I del Tratado II de las Ordenanzas de 1768, el soldado: “A todo ofi cial general que halle sobre su marcha (no estando de facción) debe pararse y cuadrarse para saludarle al pasar, inclinando la cabeza y haciendo la cortesía con la mano derecha llevándola al escudo de la gorra y, al enderezar la cabeza, dejará caer con aire la mano sobre los pliegues de la casaca1. Y a los ofi ciales de cualquier Cuerpo, sargentos de su Regimiento y cabos de su Compañía, se parará y hará la demostración de llevar la mano derecha al escudo de la gorra, sin inclinar el cuerpo y la cabeza”. El artículo 25 prescribía al soldado que: “Estando sobre las armas… no saludará a persona alguna, pero cuando desfi lare delante de algún jefe, al llegar a su inmediación volverá un poco la cabeza para mirarle como distintivo de su respeto”. Además, según el artículo 9, el soldado debía el saludo a más autoridades: “A las justicias, por su respeto, y a las demás personas visibles saludará sobre su marcha, sin inclinar la cabeza ni pararse, llevando la mano derecha al escudo de la gorra”. Además de los ministros de la Justicia, ¿quiénes eran esas “personas visibles” a las que el soldado debía saludar? La Ordenanza citaba más adelante -Tratado III, Título IV, sobre las “Guardias y Honores que por sus dignidades han de distinguirse algunas personas que no son del Cuerpo Militar ni Armada”- a autoridades y personalidades ajenas al Ejército pero de especial aprecio por la Corona: los Grandes de España –que no pertenezcan al Museo Nacional del Prado


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