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Revista Historia Militar Extra 1 2018

202 FERNANDO RODAMILANS RAMOS universal. El ascenso de los cardenales al gobierno de la Iglesia fue uno de los cambios fundamentales de la época de la reforma12. Los cardenales fueron escogidos entre el clero más sobresaliente y muchos de ellos actuaron como legados a latere en todos los territorios, incluyendo los reinos hispanos. Gregorio VII marcó un cambio indudable en lo que al desarrollo de la institución legatina se refiere, ya que fue él quien convirtió a los legados pontificios en un elemento clave del gobierno del Papado, y sus sucesores siguieron sus pasos13. La institución del legado a latere se perfeccionó como el primero de los representantes pontificios, ejerciendo de oficio las funciones del Romano Pontífice14. Además de las transformaciones del cardenalato, “cantera” de legados pontificios, la intervención de la Iglesia Romana no se entendería sin la acción que ejerce a través del colegio episcopal. De ahí que el control episcopal diera lugar a un problema de primera magnitud con los emperadores, pero también con el resto de poderes laicos e incluso, en muchas ocasiones, con las autoridades eclesiásticas de cada región15. En el caso de la Península Ibérica, la protección y el subsiguiente control de la Iglesia era un objetivo de estado desde los tiempos de la monarquía astur-leonesa16. Desde tiempos de Sancho III el Mayor, la monarquía añadió a su acción un cariz reformador17, sin abandonarse por ello el intervencionismo de la época astur. En los obispados catalanes, la señalada cercanía de los poderes condales con la Iglesia de Roma entre finales del s. X y comienzos del XI, no impidió que los condes controlaran las iglesias locales con un 12  SPÄTLING, Luchesius, O.F.M., “De mutationi cardinalatus romani saeculo undecimo”, Antonianum, Año 52, Núm. 1 (1967), pp. 3-24. KUTTNER, Stephen, “Cardinalis: the History of a Canonical Concept”, Traditio, Núm. 3 (1945), pp. 129-172; MORRIS, Colin, The Papal Monarchy. The Western Church from 1050 to 1250, Oxford, Clarendon Press, 1989, p. 167; ROBINSON, I. S., The Papacy (1073-1198). Continuity and Innovation, Cambridge, Cambridge Univ. Press, 1990, pp. 43-44; 161-162. 13  PARO, Gino, The Right of Papal Legation, Washington, 1947, p. 85. 14  GREGORIUS IX Liber Extra, FRIEDBERG, A. (Ed.), Corpus Iuris Canonici. II. Decretalium collectiones, Leipzig, 1879, Lib. I, Tit. XXX, De officio legati, Cap. III. 15  MORRIS, C., The Papal Monarchy..., pp. 81-82. 16  GRASSOTTI, H., “La Iglesia y el estado en León y Castilla de Tamarón a Zamora (1037- 1072)”, Cuadernos de Historia de España, Núm. 61-62 (1977), pp. 96-144; CEBALLOSESCALERA Y GILA, Alfonso de, Reyes de León (2). Ordoño III (951-956). Sancho I (956- 966). Ordoño IV (958-959). Ramiro III (966-985). Vermudo II (982-999), Burgos, La Olmeda, 2000, pp. 61-64; NIETO SORIA, José Manuel, “Los obispos fundadores: biografía, poder y memoria en la diócesis de Cuenca”, Erebea, Núm. 3 (2013), pp. 28-29. 17  GOÑI GAZTAMBIDE, José, Historia de los obispos de Pamplona. I. Siglos IV-XIII, Pamplona, Ed. Universidad de Navarra, 1979, p. 151; ORCÁSTEGUI GROS, Carmen, SARASA SÁNCHEZ, Esteban, Sancho III el Mayor (1004-1035), Burgos, Ed. La Olmeda, 2000, pp. 37-38 y 108-110. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2018, pp. 202-268. ISSN: 0482-5748


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