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MISCELÁNEA El servicio militar obligatorio en la posguerra posibilitó una fórmula para que los universitarios que lo desearan, accedieran a cumplirlo como oficiales (alféreces) o suboficiales (sargentos), en función de sus calificaciones. La IPS se estructuraba en periodos de formación militar (campamentos de verano) con prácticas en las unidades, que al finalizar la carrera, suponía alcanzar el empleo efectivo y ser licenciados, o bien acceder a las escalas de complemento. Un ejemplo emblemático de este período es el del alférez Rojas Navarrete5. La ley del servicio militar de 1968 dedicó buena parte de su articulado al reclutamiento de la escala de complemento. En el trasfondo de esta ley subyacía el vetar el acceso a la IPS a posibles elementos subversivos y el evitar la proliferación excesiva de oficiales y suboficiales en reserva. Por entonces, la IPS necesitaba una reforma; no obstante y a su favor debemos señalar que por este modelo de servicio militar pasaron personalidades como los ex presidentes del Gobierno Adolfo Suárez, Felipe González, Leopoldo Calvo-Sotelo, el ex presidente del Tribunal Constitucional Francisco Tomás y Valiente, así como otros altos funcionarios, catedráticos y directivos de empresa. 1972-1999: TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA (IMEC, SEFOCUMA Y MILITARES DE EMPLEO CON LA CATEGORÍA DE OFICIAL) Adaptada a las necesidades militares y a la nueva realidad social de la España tardo-franquista, en 1971, nacía la Instrucción Militar para la Escala de Complemento (IMEC)6, como una modalidad de realización del servicio militar obligatorio. La IMEC básicamente consistía en que los estudiantes de enseñanzas universitarias podían cumplir el servicio militar, durante 12 meses, como oficiales (alféreces) o suboficiales (sargentos) eventuales de complemento, recibiendo instrucción militar, 3 meses comunes a cada uno de los Ejércitos: Tierra, Mar y Aire (en un Centro de Instrucción de Reclutas -CIR-) y 3 meses en el arma escogida y en la academia militar correspondiente. Superada la instrucción, pasaban a realizar 6 meses de prácticas, y a los declarados aptos se les nombraba alférez o sargento de complemento efectivos. El Servicio para la Formación de Cuadros de Mando (SEFOCUMA) es el sucesor de la IMEC, cuyos objetivos y desarrollo eran similares. Consistía en un servicio de armas de 9 meses, dividido en periodos de formación general, específica (academias) y de prácticas, tras los cuales el alférez eventual consolidaría la condición de alférez efectivo, pasando a la reserva temporal (por 3 años) u 104 optando a su reenganche a la vida militar, a través de las vacantes de militares de empleo de la categoría de oficial, conforme a la Ley 17/1989, de 19 de julio, del Régimen del Personal Militar Profesional. Retrato de un alférez SEFOCUMA de Ingenieros, año 2000 En 2001, la suspensión del servicio militar supone la desaparición de los de oficiales movilizables vinculados al servicio militar obligatorio, pero no del militar de complemento que permanece con la profesionalización de las Fuerzas Armadas. 1999-2018: EL MILITAR OFICIAL DE COMPLEMENTO A CUERPO (MOCC) En esta última etapa iniciada con el siglo XXI, encontramos varias modalidades de militares de complemento: –– Los de la Ley 17/99, de Régimen de Personal de las Fuerzas Armadas. Sujetos a una relación de servicios exclusivamente temporal, vertebrada mediante un sistema de renovación de sucesivos compromisos, hasta una edad máxima de 38 años, tras lo cual pasaban a ser reservistas temporales. Por estos años en la Revisión de la Estrategia de Defensa de 2003 se proponía la potenciación de la figura del militar de complemento7.


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