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Constitución En la Alta Edad Media los escolásticos castellanizaron este vocablo llamando al régimen político “politía”. De ella derivan palabras como política, policía o cosmopolita. Etimológicamente el vocablo Constitución proviene del latín “Constitutio, constitutionis” formado a partir del verbo “constituere” construir, organizar. Está compuesto por la unión de los vocablos latinos “cum”, conjuntamente, y el verbo “statuere” establecer, erigir. Por lo tanto “constitutio” signifi ca establecimiento y organización de algo de forma conjunta. En la antigua Roma se denominaba así a las disposiciones legales que reglamentaban algo de manera conjunta y completa. Las más importantes eran las llamadas “Constituciones Imperiales” en las que los emperadores compilaban las leyes más importantes de su mandato. La RAE la defi ne como: “Ley Fundamental de un estado, con rango superior al resto de las leyes, que defi ne el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política”. Con el mismo origen tenemos entre otras muchas las palabras estado, estatuto o institución. También es habitual dirigirse a ella con “Máxima Norma” o “Ley de Leyes” en referencia al rango superior que posee en relación al resto de normas jurídicas. Otra fórmula que se utiliza es la de CARTA MAGNA. El origen de este término viene del nombre del contrato acordado entre el rey Juan I de Inglaterra y los nobles en el que concedió por escrito los derechos que, por tradición correspondían al pueblo en la Inglaterra de 1215. El Diccionario Académico dio por buena la equivalencia entre Constitución y Carta Magna a partir de su edición de 2001. Pero en el lenguaje judicial no se usa, los juristas nunca utilizan esa expresión al redactar un artículo o en un dictamen. El “Diccionario del español jurídico” de 2016, elaborado por las Academias de la Lengua solo recoge la referencia al acuerdo entre el rey inglés y sus nobles, y no vincula su signifi cado al de “Constitución”. Las diferencia así, en dependencia del origen de cada una de ellas: una fue otorgada por un rey soberano y la otra fue aprobada por un pueblo soberano (Título preliminar, Artículo 1, punto 2 de nuestra Constitución). Como vimos en el artículo anterior del origen de nuestras palabras al hablar sobre el término “Reino de España”, hay expresiones que, aunque en otros idiomas sean correctas, en castellano no lo son, incluso aunque la Real Academia Española en un momento dado las admita por su uso habitual. Nación Además de ser la primera palabra referida en el Preámbulo de la Constitución Española, es una de las más importantes en su redacción. El senador constituyente Julián Marías dijo: “España ha sido la primera nación que ha existido, en el sentido moderno de esta palabra”. Es más, dice que políticamente la expresión “Nación española” ha precedido largamente a “España”. Refl ejo de esta teoría se demuestra en una referencia del Siglo XIV al papa Benedicto XIII, nuestro aragonés “Papa Luna”. De él se decía que era “español de nación, del reino de Valencia”, perteneciente a la Corona de Aragón. Demostración de que ya en la Edad Media existía un sentimiento nacional hispánico entre los distintos reinos de la península. 76 Armas y Cuerpos Nº 141 ISSN 2445-0359


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